Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Mayorazgo De Santa Marina Sa

El 11-07-2012, Mayorazgo De Santa Marina Sa, en EGUES (Navarra) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de PAMPLONA. El número de insolvencia de esta empresa es A39097662. La actividad (principal) de Mayorazgo De Santa Marina Sa es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Mayorazgo De Santa Marina Sa
Localidad:
EGUES
Provincia:
Navarra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A39097662
Número de insolvencia:
A39097662
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PZ :
PALACIO DE GORRAIZ (GORRAIZ) 0
31486 EGUES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
21-11-2020
A200057212
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000255/2012 referente al concursado MAYORAZGO DE SANTA MARINA, S.A., con CIF A39097662, con domicilio en PLAZA PALACIO DE GORRAIZ, 4 bajo de Gorráiz-Valle de Egües (Navarra), por auto de fecha 21 de septiembre de 2020 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice asi:

PARTE DISPOSITIVA

DECIDO:

1º.- Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad MAYORAZGO DE SANTA MARINA, S.A., con CIF A39097662.

2º.- Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración Concursal.

3º.- Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra, inscrita al Tomo 1592, Folio 107, Hoja NA-31598 (Tomo 511, Folio 21, Hoja S-4246 del Registro Mercantil de Santander). A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución.

4º.- Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase Mandamiento al Registro Mercantil de Navarra con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva.

5º.- Dése publicidad a la presente resolución mediante publicación en el RPC y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

De conformidad con lo dispuesto en el artº. 8.1 del R.D. 829/13 de 15 de Noviembre por el que se regula el RPC, no siendo hasta el momento posible el traslado de las resoluciones a través de la aplicación electrónica, entréguese la documentación necesaria para su publicidad en el RPC al Procurador del solicitante del concurso para su inmediata remisión al RPC, haciendo constar que la presente resolución es firme.

6º.- Remítase esta resolución al Boletín Oficial del Estado, para que sea publicada, de forma gratuita y por medio de edicto, a la mayor brevedad, en virtud del art. 482 TRLC.

Entréguense los oficios con los edictos correspondientes, al Procurador de la concursada para que cuide de su curso y gestión, apercibiéndole de su cumplimentación y remisión de inmediato a los anteriores medios de publicidad acordados.

Líbrese exhorto al Juzgado Decano de Pamplona y de San Vicente de la Barquera, a fin de que ponga en conocimiento de todos los Juzgados de 1ª Instancia y Social, la conclusión del presente concurso a los efectos de los artículos 483 y siguientes TRLC.

RECURSO.- Contra el presente auto no cabe recurso alguno (art. 481.1 TRLC)

Pamplona/Iruña, 22 de septiembre de 2020.- El/la Letrado de la Administración de Justicia, Elena María Daniel del Valle.

14-05-2013
A130025621
 
  • Aprobación del plan de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña,

Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 0000255/2012 referente al concursado Mayorazgo de Santa Marina, S.A., con CIF A39097662 con domicilio en plaza Palacio de Gorraiz, 4, bajo, de Gorraiz, por auto de fecha 24 de abril de 2013 se ha acordado lo siguiente:

1.- Aprobar el plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso de acreedores de la entidad mercantil Mayorazgo de Santa Marina, S.A.

2.- Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos. Expídanse los testimonios precisos de los documentos y resoluciones a que se refiere el art. 167 de la LC.

Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el BOE cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

Pamplona/Iruña, 24 de abril de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.

01-12-2012
A120080725
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Pamplona-lruña,

Anuncia

Que en el procedimiento concursal número 0000255/2012 referente al concursado Mayorazgo de Santa Marina, S. A., por decreto de fecha 13 de noviembre de 2012 se ha acordado lo siguiente:

1. Abrir de oficio la fase de liquidación de la entidad Mayorazgo de Santa Marina, S. A., con CIF: A39097662, con domicilio en la plaza Palacio de Gorráiz 4, bajo, de Gorráiz formándose con testimonio de esta resolución la Sección 5.ª, que comprenderá lo relativo a la liquidación, cuyo original se unirá a la Sección 1.ª

2.- Declarar la disolución de la referida sociedad.

3.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley Concursal.

4.- Acordar el cese de los administradores sociales y su sustitución por el administrador concursal designado en este procedimiento, a fin de proceder a la liquidación de la sociedad de conformidad con lo establecido en la ley, a cuyo fin deberá presentar en el plazo improrrogable de diez días desde la notificación de la presente resolución, un Plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa de la concursada, conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

5.- Dese publicidad a la presente resolución mediante la publicación de su parte dispositiva en el "BO"E de forma gratuita y en el tablón de anuncios del juzgado.

6.- Expídase mandamiento al Registrador Mercantil de Navarra, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva de esta resolución a fin de que se proceda a la inscripción de lo acordado.

Hágase entrega de los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su diligenciado, una vez sea firme la presente, cosa que deberá acreditar a este juzgado en el plazo de diez días.

Modo de impugnación. Esta resolución no es firme, y contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante el Secretario Judicial que la dictó, no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículos 451 y 452 de la LEC).

En Pamplona/Iruña a, 13 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.

31-10-2012
A120073361
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pamplona/Iruña anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 0000255/2012 referente al deudor Mayorazgo de Santa Marina, S.A., con C.I.F.: A-39097662, con domicilio en Plaza Palacio de Gorraiz, 4, bajo, de Gorráiz, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- En resolución de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentación de dicho informe en el Tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE.

Dentro del plazo de diez días, computado desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.E, cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

En Pamplona/Iruña, 25 de septiembre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

04-08-2012
A120056078
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el concurso ordinario número 0000255/2012, NIG 3120147120120000268, por Auto de 11 de julio de 2012 se ha declarado en concurso de materia voluntaria al deudor "Mayorazgo de Santa Marina, S.A.", con CIF A39097662, y domicilio en plaza Palacio de Gorraiz, 4, bajo, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Gorraiz.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este Edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC.

La Administración concursal está integrada por:

Don José Antonio Asiaín Ayala, DNI: 15.766.311 H. Vecino de: Pamplona, domicilio: Calle Leyre, número 20, primero, postal: 31002. Profesión: Abogado. Teléfono: 948-206050. Fax: 948-206051. Correo electrónico: jantasiain@ bufeteaja.com.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración del concurso.

4.° Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Pamplona/Iruña, 19 de julio de 2012.- El Secretario judicial.

Informes
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