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Concurso de acreedores terminado Bildu Lan Sociedad Cooperativa

El 09-04-2013, Bildu Lan Sociedad Cooperativa, en NOAIN (V ELORZ)/NOAIN (ELORTZIBAR) (Navarra) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de PAMPLONA. Como síndico se ha designado RED CONCURSAL SLP.. El número de insolvencia de esta empresa es F31039878. La actividad (principal) de Bildu Lan Sociedad Cooperativa es fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p..
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Bildu Lan Sociedad Cooperativa
Localidad:
NOAIN (V ELORZ)/NOAIN (ELORTZIBAR)
Provincia:
Navarra
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
F31039878
Número de insolvencia:
F31039878
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CR :
PAMPLONA-HUESCA (KM 9) 0
31119 NOAIN (V ELORZ)/NOAIN (ELORTZIBAR)
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-03-2021
A210017405
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000146/2013 referente al concursado Bildu Lan, Sociedad Cooperativa, actualmente se denomina Bildu Lan, Maquinaria Especial y Automatización, S.L.L., con C.I.F. F31039878, con domicilio en carretera Pamplona-Huesca, kilómetro 9.2 de Torres, por auto de fecha 15 de marzo del 2021 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así:

1º.- Acordar la conclusión del concurso de la entidad Bildu Lan Sociedad Cooperativa denominándose actualmente Bildu Lan, Maquinaria Especial y Automatización, S.L.L., por cumplimiento de convenio.

2º.- Siendo la concursada sujeto inscribible en el Registro de Cooperativas de Navarra, líbrese oficio para la inscripción del auto de conclusión del concurso por cumplimiento de convenio para su inscripción en la hoja abierta a Bildu Lan, Sociedad Cooperativa, ahora Bildu Lan, Maquinaria Especial y Automatización, S.L.L., con C.I.F. número F31039878.

Siendo la nueva mercantil Bildu Lan, Maquinaria Especial y Automatización, S.L.L., inscríbase la presente resolución acordando la conclusión del concurso en la hoja abierta en el Registro Mercantil de Navarra en el tomo:1774, libro:0, folio:130; hoja: NA-35196.

3º.- Expídase mandamiento al Registro de la Propiedad de Aoiz, donde constan inscritos los bienes inmuebles de la concursada, para la inscripción de la presente resolución.

4º.- Dese a esta resolución la publicidad prevista en el artículo482 del texto refundido de la Ley Concursal.

Líbrese exhorto al Juzgado Decano de Aoiz y oficios a los Juzgados de Primera Instancia y de lo Social de Pamplona, a fin de poner en su conocimiento la conclusión del presente concurso a los efectos del artículo 483 del texto refundido de la Ley Concursal.

Entréguense los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su curso y gestión.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas y a la Administración Concursal.

Pamplona, 15 de marzo de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena María Daniel del Valle.

14-01-2021
A210000928
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000146/2013, referente al concursado Bildu Lan, Maquinaria Especial y Automatización, S.L.L., con C.I.F. F31039878, y domicilio en carretera de Pamplona-Huesca, kilómetro 9, de Torres CP 31191, por auto de fecha 22 de diciembre del 2020, se ha acordado el cumplimiento de convenio y cuya parte dispositiva dice literalmente lo siguiente:

Que debo declarar y declaro cumplido el convenio aprobado por sentencia de fecha 20 de mayo del 2014, de la concursada Bildu Lan, Maquinaria Especial y Automatización, S.L.L.

Hágase pública la parte dispositiva de este auto por medio de edictos que se insertará a la mayor brevedad en el Boletín Oficial del Estado, Registro Público Concursal y en el tablón de este Juzgado, misma publicidad que a la resolución que aprueba el convenio y auto de declaración de concurso como se recoge en el texto refundido de la Ley Concursal.

Hágase entrega de los despachos al Procurador de la concursada para que cuide de su diligenciamiento, cosa que deberá acreditar a este Juzgado en el plazo de diez días.

Notifíquese el auto al concursado, a la Administración Concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Pamplona, 22 de diciembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena María Daniel del Valle.

18-06-2014
A140032182
 
  • Cese de los Administradores
  • Aprobación del convenio
  • Apertura de la sección seis
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia

1.- Que en el procedimiento concursal número 0000146/2013 se ha dictado el 20 de mayo de 2014 sentencia aprobando judicialmente el convenio porpuesto por Bildu Lan, S.C.I., y aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 24 de abril de 2014.

2.- El fallo de la sentencia contiene los siguientes particulares:

Fallo:

1.- Se aprueba judicialmente el convenio propuesto por Bildu Lan, Sociedad Cooperativa, que se ha reseñado en los antecedentes de esta resolución, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC.

2.- Desde la fecha de esta sentencia cesarán todos los efectos de la declaración de concurso de la referida sociedad, quedando sustituidos por los que se establecen en dicho convenio, sin perjuicio del mantenimiento de los deberes de colaboración e información del deudor previstos en la legislación concursal.

3.- Desde la fecha de esta sentencia cesan en su cargo los administradores concursales, sin perjuicio de su intervención en la sección de calificación y la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa.

4.- Los administradores concursales deberán rendir cuentas de su entera actuación colegiada hasta este momento, en el plazo de dos meses.

5.- Requiérase a Bildldu Lan, Sociedad Cooperativa, por medio de representación procesal, para que con periodicidad semestral, contada desde la fecha de la presente resolución, informe a este tribunal acerca del cumplimiento del convenio.

6.- Hágase público el fallo de esta sentencia por medio de edictos que se insertarán a la mayor brevedad en el Boletín Oficial del Estado.

Una vez firme, expídanse mandamientos al Registro Mercantil de Navarra y a aquellos otros donde se anotó el régimen concursal de ejercicio de las facultades de administración y disposición del deudor, así como el nombramiento de los administradores concursales, a fin de que se tome razón de la aprobación del convenio y de lo acordado en la presente resolución respecto al cese de los efectos de la declaración del concurso y al cese de los administradores concursales.

Hágase entrega de los despachos al procurador de la concursada para que cuide de su diligenciamiento, cosa que deberá acreditar a este juzgado en el plazo de diez días.

7.- Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso.

Notifíquese la sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Navarra (artículo 455 LEC). El recurso se interpondrá por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación. Para la admisión del recurso de deberá acreditar a la interposición del mismo haber constituído un depósito de 50 € en la cuenta depósito y consignaciones de este órgano abierta en la entidad Banco Santander, a través de una imposición individualizada, salvo que el recurrente sea beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local y organismo autónomo dependiente.

Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos.

Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el BOE cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución.

Pamplona/Iruña, 20 de mayo de 2014.- El/la Secretario judicial.

12-03-2014
A140010632
 
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

El Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Pamplona/Iruña anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 0000146/2013 referente al concursado Bildu Lan SCI, por auto de fecha 4 de febrero de 2014 se ha acordado lo siguiente:

Poner fin a la fase común del presente concurso de la concursada Bildu Lan SCI con CIF n.º F31039878.

Abrir la fase de convenio.

Ordenar la convocatoria de la Junta de Acreedores de la entidad mercantil concursada Bildu Lan SCI a celebrar el día 24 de abril de 2014, a las 12:30 horas, en la sala de vistas 102 (Planta 1).

Quienes comparezcan a la Junta en nombre de un acreedor deberán aportar además del documento que conste la condición que le faculta para actuar en nombre de dicho acreedor, fotocopia del citado documento.

Anúnciese la convocatoria, expresándose en los edictos que los acreedores podrán adherirse a la apropuesta de convenio, una vez que, en su caso, se presente propuesta de convenio y que sea admitida a trámite y quede de manifiesto en la secretaría de este Juzgado el escrito de evaluación sobre su contenido, que deberá emitir el administrador concursal, así como que la adhesión deberá hacerse en la forma prevista en el artículos 103.2 y 3 de la Ley Concursal.

Pamplona/Iruña, 5 de febrero de 2014.- El/La Secretario Judicial.

05-08-2013
A130045848
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia:

1. Que en el procedimiento concursal número 0000146/2013, referente al deudor "Bildu Lan, S.C.I.", con CIF F31039878, con domicilio en carretera Pamplona-Huesca, km. 9,2 de Torres, se ha presentado el informe de la Administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de areedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias a su costa.

2. En resolución de esta misma fecha se ha acordado cumunicar la presentación de dicho informe en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE.

Dentro del plazo de diez días, computado desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados que se consideren persjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Pamplona/Iruña, 15 de julio de 2013.- El Secretario Judicial.

27-05-2013
A130029679
 
  • Auto de declaración de concurso
 

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el concurso ordinario número 0000146/2013, NIG 3120147120130000141, por auto de 9 de abril de 2013 se ha declarado en concurso de materia voluntaria al deudor "Bildu Lan, Sociedad Cooperativa", con CIF F-31039878, y domicilio en carretera Pamplona-Huesca, km 9,2, Torres, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en la citada localidad.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado em este edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC.

La administración concursal está integrada por don Ignacio del Burgo Azpiroz, en representación de "Red Concursal, S.L.P.", con CIF n.º B86615424, con domicilio postal en Pamplona, CP 31002, calle Yanguas y Miranda, n.º 1, 4.º B (Ed. Monsa), y dirección electrónica: bindulan@redconcursal.org.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC).

Pamplona/Iruña, 15 de abril de 2013.- El Secretario Judicial.

Síndico / administrador
Síndico:
RED CONCURSAL SLP.
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