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Concurso de acreedores terminado Parque Del Segura Sl

El 01-01-0001, Parque Del Segura Sl, en BENALMADENA (Málaga) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MÁLAGA. El número de insolvencia de esta empresa es B92467166. La actividad (principal) de Parque Del Segura Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Parque Del Segura Sl
Localidad:
BENALMADENA
Provincia:
Málaga
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B92467166
Número de insolvencia:
B92467166
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PZ :
BONANZA 8
29639 BENALMADENA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
19-03-2016
A160010636
 
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

Que en el procedimiento número 499.01/12, por auto de fecha 7 de marzo de 2016, se determina la conclusión del concurso de PARQUE DEL SEGURA, S,L., por falta de bienes al artículo 176.bis 4 de la LC.

Málaga, 7 de marzo de 2016.- Letrado Administración de Justicia.

09-10-2013
A130054713
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

EL Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga,

Anuncia que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 499.05/2012 referente al concursado Parque del Segura, S.L., por auto de fecha 30/09/2013 se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación a petición del deudor.

2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Málaga, 30 de septiembre de 2013.- Secretario judicial.

24-07-2012
A120050518
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.º Que en el procedimiento número 499/12 por auto de fecha 19/6/212 se ha declarado en concurso VOLUNTARIO al deudor PARQUE DEL SEGURA SL, con CIF B 92467166, domicilio en Benalmádena, avd. Abedules num. 21, 1º y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga.

2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.º Que la Administración concursal la integra doña María Elena Narváez Valdivia, provisto de DNI 333582495; que lo hace en nombre y representación de la SOCIEDAD EXPERTOS ADMINISTRADORES CONCURSALES SL, con domicilio a efectos de notificaciones en Málaga, calle Duquesa de Parcent num. 6, primera planta, oficina 1, 29001, y con dirección de correo electrónico 499.12@expertosac.com que designa a los efectos de comunicación de créditos.

4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de UN MES a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado".

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera y presentar su crédito en la sección cuarta, haciéndoles saber que deberán hacerlo en sendos escritos diferentes. De presentarse un solo escrito en el que conste el crédito se entenderá que sólo notifican o insinúan el mismo.

5.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

Málaga, 4 de junio de 2012.- Secretario judicial.

Informes
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