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Concurso de acreedores Miguel Romero Instalaciones Y Servicios Sl

El 30-05-2012, Miguel Romero Instalaciones Y Servicios Sl, en VILLANUEVA DE LA SERENA (Badajoz) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número de insolvencia de esta empresa es B06400782. La actividad (principal) de Miguel Romero Instalaciones Y Servicios Sl es construcción de edificios.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Miguel Romero Instalaciones Y Servicios Sl
Localidad:
VILLANUEVA DE LA SERENA
Provincia:
Badajoz
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B06400782
Número de insolvencia:
B06400782
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
HERNAN CORTES 0
06700 VILLANUEVA DE LA SERENA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-06-2012
A120046905
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don Ramiro Monforte Altaba, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley Concursal, hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 30-05-12, dictado en el procedimiento de Concurso Voluntario n.º 0299/2012, N.I.G. n.º 12040-66-2-2012-0000355, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso voluntario y abreviado al deudor "Miguel Romero Instalaciones y Servicios, S.L.U.", domiciliado en calle Hernán Cortés, 67,1.º F, Villanueva de la Serena (Badajoz) y C.I.F./D.N.I. número B06400782.

Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.

Tercero: Que se ha designado como Administrador Concursal a don Francisco J. Calderón Alarcón, con domicilio en c/ Temprado, 14-1-5, 12002 Castellón y dirección electrónica paco@cdasesores.com, a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.

Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado.

Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas.

Castellón, 11 de junio de 2012.- El Secretario Judicial.

Informes
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