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Concurso de acreedores Grupo Inmobiliario Tecpalcor Sl

El 17-10-2019, Grupo Inmobiliario Tecpalcor Sl, en VACARISSES (Barcelona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B64379738. La actividad (principal) de Grupo Inmobiliario Tecpalcor Sl es actividades inmobiliarias.
Los Administradores han sido destituidos de su cargo y sustituidos por el síndico.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Grupo Inmobiliario Tecpalcor Sl
Localidad:
VACARISSES
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B64379738
Número de insolvencia:
B64379738
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Alquiler y gestión de inmuebles
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MAJOR 32
08233 VACARISSES
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
21-11-2019
A190065783
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

Don Luis Miguel Gonzalo Capellin, el Letrado de la Administarción de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 01 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Que en los autos con n.º 1623/2019A y NIG 0801947120198007532 se ha declarado el concurso voluntario por auto de fecha de fecha 17 de octubre de 2019, de Grupo Inmobiliario Tecpalcor, S.L., con CIF n.º B64379738 en el que se ha decretado la intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los causes del procedimiento abreviado.

La nueva administración concursal nombrada por auto de fecha 05 de noviembre de 2019, es don Carlos Zarco Puente, Domicilio profesional en en c/ Roselló, 271. 5.º 1.ª CP08008-Barcelona y correo electrónico concursal@zarcoabogadosslp.com

Conforme a lo dispuesto en el artículo 85 de la Ley Concursal los acreedores de la concursada deberán poner sus créditos en conocimiento de la administración concursal en el domicilio sito en c/ Roselló, 271, 5.º 1.ª CP08008-Barcelona o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

La comunicación deberá efectuarse en el plazo de Un Mes a contar desde el día siguiente de la publicación en el BOE y expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de aquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se índicará además, los bienes o derecho a que afecte y, en su caso los datos registrales También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica, en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito.

Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda ya representen, salvo que pretendan exclusivamente comunciar sus créditos o asistir a Juntas.

Barcelona, 7 de noviembre de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Luis Miguel Gonzalo Capellin.

Informes
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