Edicto
D.ª Isabel Marín Jiménez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 177.3 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 143/2012, por auto de fecha 22 de diciembre de 2.015, se ha declarado la conclusión y el archivo de este procedimiento concursal por insuficiencia de masa activa para el pago de los créditos contra la masa del concurso, del concursado Excavaciones Aldecam, S.L., con CIF B-19248301.
Con la referida resolución cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, cesando en su cargo el administrador judicial designado, disponiendo así mismo la extinción de la sociedad concursada y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda.
Así mismo se ha aprobado la rendición de cuentas final presentada por la Administración Concursal.
Guadalajara, 22 de diciembre de 2015.- Letrado Administración de Justicia.
Doña María Emma López Portillo, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, anuncia:
Que en el procedimiento concursal S1C Concurso 0143/2012 referente al concursado Excavaciones Aldecam, S.L., CIF n.º B-19248301, con domicilio en calle Francisco Medina y Mendoza número 13, nave 6, del Polígono Industrial de Cabanillas del Campo (Guadalajara), por auto de fecha 15 de septiembre de 2012, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso de oficio.
2. Se ha declarado disuelta la sociedad Excavaciones Aldecam, S.L., acordándose la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, cesando su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
3. Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución de apertura de la fase de liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en la sección de calificación, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168.1 LC).
Guadalajara, 15 de noviembre de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.
Doña María Emma López Portillo, Secretario/a Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, anuncia:
1. Que en la Sección I Declaración Concurso 0000143/2012, referente al deudor Excavaciones Aldecam, S.L., CIF n.º B-19248301, con domicilio en calle Francisco de Medina y Mendoza, 13, Nave 6, Polígono Industrial de Cabanillas del Campo I, Cabanillas del Campo (Guadalajara), se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina, judicial, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro dle plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de éste edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impuganciones en éste órgano judicial.
3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).
Guadalajara, 13 de julio de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.
Edicto.
Doña María Emma López Portillo, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Guadalajara,
Hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000143 /2012 se ha dictado en fecha 17 de abril de 2.012 Auto de Declaración de Concurso del deudor Excavaciones Aldecam, S.L., con CIF n.º B-19248301, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Cabanillas del Campo (Guadalajara), C/ Francisco Medina y Mendoza, 13, nave 6 del Polígono Industrial Cabanillas del Campo.
2º.- Se ha acordado que el deudor mantiene las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, si bien quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad, facultades que ostentarán además de las previstas legalmente. Se ha designado, como administración concursal a don Francisco Javier Berrocal de la Calle, Licenciado en Derecho y máster en MBA, colegiado n.º 1001 del Ilustre Colegio de Abogados de Guadalajara, con domicilio postal en Guadalajara, Plaza Marlasca, n.º 3, 1.º A, y dirección electrónica señalada excavacionesalde cam.concurso@gmail.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Los acreedores interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).
Guadalajara, 10 de mayo de 2012.- La Secretario Judicial.