Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Casas Y Viviendas Cabrera Sl

El 10-12-2009, Casas Y Viviendas Cabrera Sl, en CANDELARIO (Salamanca) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SALAMANCA. El número de insolvencia de esta empresa es B37327111. La actividad (principal) de Casas Y Viviendas Cabrera Sl es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Casas Y Viviendas Cabrera Sl
Localidad:
CANDELARIO
Provincia:
Salamanca
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B37327111
Número de insolvencia:
B37327111
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
HUMILLADERO 11
37710 CANDELARIO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-09-2015
A150040745
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 1111/2009, referente al deudor CASAS Y VIVIENDAS CABRERA, S.L., con C.I.F. número B-37327111, mediante Auto firme de fecha 14 de septiembre de 2015 se ha acordado:

1.- Declarar finalizada la Fase de Liquidación y la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos del concursado.

2.- El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes hasta el momento.

3.- Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción de la persona jurídica CASAS Y VIVIENDAS CABRERA, S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil.

4.- Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración concursal y el cese de la misma.

Salamanca, 15 de septiembre de 2015.- El Secretario Judicial.

22-01-2011
1663
 
  • Desconvocatoria de Junta de Acreedores
  • Cese de los Administradores
  • Se deja sin efecto la fase de convenio
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca, anuncia:

Que el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 1111/2009 referente al concursado Casas y Viviendas Cabrera, S.L., por auto de fecha 4 de Octubre de 2010 ha acordado lo siguiente:

1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 21 de Julio de 2010, por no haberse presentado ninguna propuesta

2. Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 12 de Noviembre de 2010.

3. Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1º de la LC.

4. Se acuerda la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

Salamanca, 4 de octubre de 2010.- Secretario Judicial.

21-12-2009
92019
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

El Juzgado Mercantil de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 1111/2009, por Auto de 10 de Diciembre de 2009 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Casas y Viviendas Cabrera, S.L., con CIF B-37327111, con domicilio y centro de principales intereses en Candelario (Salamanca).

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Salamanca, 10 de diciembre de 2009.- Secretario Judicial.

Informes
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