Edicto
Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:
1. Que en el autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 47/2012, se ha dictado en fecha dos de abril de 2014, auto de conclusión por finalización de la fase de liquidación del presente concurso de acreedores de Alrogar Areas, Sociedad Limitada, con CIF B-36507671, con domicilio en Parroquia de Ares, San Blas, número 23 de Ponteareas, inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al folio 170 del libro 3.148 de Sociedades, inscripción primera de la hoja número PO-38.989, con los efectos legales inherentes.
2. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese de los administradores concursales.
4. Se acuerda la extinción de la sociedad Alrogar Areas, Sociedad Limitada, con CIF B-36507671 y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5. Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.
6. Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
En Pontevedra, 4 de abril de 2014.- El Secretario Judicial.
Don José Luis Gutiérrez Martín, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber:
Primero.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número sección primera declaración de concurso 47/2012 se ha dictado en fecha 26 de marzo de 2012, auto de declaración de concurso del deudor Alrogar Áreas, Sociedad Limitada con CIF B-36507671, con domicilio en parroquia de Ares, San Blas, número 23 de Ponteáreas.
Segundo.- Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición queden intervenidas por la administración concursal. Se ha designado, como administración concursal a don José María Alonso Fernández, con DNI 33241925-W, con domicilio postal en la calle Gagos de Mendoza, número 2 - 4.º local 5 de Pontevedra y dirección electrónica señalada alrogar@nostrum.es, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
Pontevedra, 26 de marzo de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.