Doña María Emma López Portillo, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Guadalajara,
Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 871/2008 referente al concursado Estructuras y Pavimentos, S.A. (ESPAVISA), por auto de fecha 27 de febrero de 2012, se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.- Se ha declarado disuelta la sociedad Estructuras y Pavimentos, S.A. (ESPAVISA), acordándose la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, cesando su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
3.- Dentro de los diez días siguientes a la última publicación de esta resolución de apertura de la fase de liquidación, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en la sección de calificación, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable (art. 168.1 LC).
Guadalajara, 27 de febrero de 2012.- El/La Secretario Judicial.
Doña María Emma López Portillo, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 000871/2008 referente al concursado Estructuras y Pavimentos, S.A., se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 10 de Mayo de 2012, a las 14:00 horas en la sala de audiencias de este Juzgado.
2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Guadalajara, 10 de febrero de 2012.- El/la Secretario Judicial.
Doña María Emma López Portillo, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Guadalajara, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 000871/2008 referente al concursado Estructuras y Pavimentos, S.A., se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 22 de marzo de 2012, a las 14:00 horas, en la sala de audiencias de este Juzgado.
2.- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.
Guadalajara, 22 de diciembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.
PARTE DISPOSITIVA1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por la Procuradora Sra. LÓPEZ MANRIQUE en nombre y representación del deudor ESTRUCTURAS Y PAVIMENTOS SA.2.- Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor ESTRUCTURAS Y PAVIMENTOS SA.3.- El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concúrsales, mediante su autorización o conformidad.4.- Se nombran administradores del concurso, con las facultades expresadas en el pronunciamiento anterior a los siguientes:1º A la Abogada del IC de Abogados de Guadalajara Da MAGDALENA TORRES MONTEJANO.2º Al Economista-Auditor de Cuentas D/Da ALEJANDRO LATORRE ATANCE del Colegio de Economistas de Madrid y Registro de auditores de cuentas con DNI 3.064.415-X.3º Se designa a BANCO POPULAR ESPAÑOL en quien concurre la condición de acreedor.La persona jurídica designada nombrará, conforme al procedimiento previsto en el articulo 27.3 de la LC, a un profesional que reúna las condiciones del número 2o del apartado 1 del mismo precepto, a cuyo efecto tiene a su disposición en el Decanato de los Juzgados la relación de profesionales disponibles.5.- Llámense a los acreedores del concursado ESTRUCTURAS Y PAVIMENTOS SA, para que comuniquen en la forma establecida en el articulo 85 a los administradores concúrsales la existenciade sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado; en el diario de esta provincia LA TRIBUNA y en los diarios nacionales: EL MUNDO y EL PAÍS.La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores.6.- Anuncíese la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado; en el diario de esta provincia LA TRIBUNA y en los diarios nacionales: EL MUNDO y EL PAÍS.Los anuncios contendrán los datos suficientes para identificar el proceso y la forma de personarse en él.Los respectivos oficios entregúense a la Procuradora Sra. LÓPEZ MANRIQUE para su cumplimentación.7.- Inscríbase en el Registro Mercantil de GUADALAJARA la declaración del concurso con lo acordado respecto de la intervención de las facultades de administración y disposición del concursado y el nombre de los administradores.Los respectivos mandamientos entregúense a la Procuradora Sra. LÓPEZ MANRIQUE para su cumplimentación.8.- Los legitimados conforme a la LC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado.9.- El deudor tiene el deber de comparecer personalmente ante este Juzgado de Ia Instancia y ante la Administración concursal cuantas veces sea requerido y el de colaborar e informar en todo lo necesario o conveniente para el interés del concurso.En el presente caso el deber incumbe a los administradores o liquidadores de la persona jurídica, o a quienes hayan desempeñado el cargo en los dos años anteriores.10.- Fórmense las secciones primera, segunda, tercera y cuarta del concurso, que se encabezarán con testimonio de este auto.11.- De la solicitud de acumulación de concursos efectuada por si deudor concursado dése traslado a la administración concursal, para que se pronuncie sobre la pertinencia u oportunidad de la acumulación solicitada en el término de un mes desde que sea aceptado el cargo por los tres administradores.L2.- Comuniqúese a los Juzgados de Primera Instancia e Instrucción y Juzgados de los Social de esta Provincia, y a Los Juzgados de Primera Instancia y Mercantiles de Madrid a través del Decanato de Madrid, asi como al Juzgado de 1ª Instancia n° 14 de Zaragoza y al Juzgado de lo Social n° 26 de Madrid la presente declaración de concurso interesando comuniquen a este Juzgado la relación de procedimientos en trámite en los que aparezca como interviniente la sociedadconcursada, asi como el tipo de procedimiento y cuantía del mismo; interesando igualmente la suspensión de las ejecuciones que se encontraren en tramitación en los órganos citados, anulando, en su caso, las actuaciones practicadas con posterioridad a dicha declaración y comunicando a este Juzgado haberlo verificado, o, en otro caso, exponiendo las razones para no hacerlo.En el oficio remisorio especifiquense, si procede, las ejecuciones que se encuentren en trámite.Los respectivos oficios entregúense a la Procuradora Sra. LÓPEZ MANRIQUE para su cumplimentación.13.- Notifiquese el auto a las partes personadas. Este auto producirá de inmediato los efectos previstos en la LC para la declaración de concurso.