Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Arrendamientos E Inversiones Cienfuegos Sl.

El 20-10-2008, Arrendamientos E Inversiones Cienfuegos Sl., en MOGAN (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35768365. La actividad (principal) de Arrendamientos E Inversiones Cienfuegos Sl. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Arrendamientos E Inversiones Cienfuegos Sl.
Localidad:
MOGAN
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B35768365
Número de insolvencia:
B35768365
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
TOMAS ROCA BOSCH 0
35140 MOGAN
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
28-11-2015
A150050242
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

Cédula de notificación

En el procedimiento de Concurso Ordinario número 51/2008, se ha dictado la resolución cuya Parte Dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte Dispositiva

Se declara la conclusión del concurso de Arrendamientos e Inversiones Cienfuegos, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa.

En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.

Se acuerda la extinción de la sociedad Arrendamientos e Inversiones Cienfuegos, S.L., con CIF n.º B-35768365, y se acuerda la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme.

Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal.

Notifíquese esta resolución a las partes, indicándoles que no cabe interponer recurso alguno (art. 177.1 LC).

Notifíquese esta resolución al concursado mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal y dése a la misma la publicidad prevista en el segundo párrafo de dicho precepto y en el artículo 24.

Así lo acuerda, manda y firma don Alberto López Villarrubia, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas. Doy fe.

Las Palmas de Gran Canaria, 13 de noviembre de 2015.- Letrada de la Administración de Justicia.

07-06-2012
A120040267
 

Edicto

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal ordinario voluntario número 51/2008, seguido en este Juzgado en virtud de la declaración de concurso instada por la el Procurador Don Francisco de Bethencourt y Manrique de Lara, en representación procesal de Arrendamientos e Inversiones Cienfuegos, S.L., se ha presentado por la Administración Concursal, corrección de los textos definitivos del informe de conformidad con el art. 96.4 y 98 de la Ley Concursal.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

Contra el mismo no cabe plantear incidente concursal.

Las publicaciones del presente edicto en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el artículo 198 LC y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, en el Boletín Oficial del Estado.

Las Palmas de Gran Canaria, 25 de mayo de 2012.- Secretaria Judicial.

05-01-2012
A110093224
 

Edicto.

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,

Hace saber: Que en el procedimiento concursal abreviado voluntario número 51/2008, seguido en este Juzgado en virtud de la declaración de concurso instada por la Procuradora Inmaculada García Santana en representación procesal de Arrendamientos e Inversiones Cienfuegos, S.L. se ha presentado por la Administración Concursal, textos definitivos del informe de conformidad con el art. 96.4 y 98 de la Ley Concursal.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

Contra el mismo no cabe plantear incidente concursal.

Las publicaciones del presente edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el artículo 198 LC y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, en el "Boletín Oficial del Estado".

Las Palmas de Gran Canaria, 20 de diciembre de 2011.- Secretaria Judicial.

05-01-2012
A110093403
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Cédula de notificación

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria a 21 de diciembre de 2011[DGdJ3],

En el procedimiento de referencia se ha dictado auto de apertura de la fase de liquidación en el concurso 51/08, de la mercantil Arrendamientos e Inversiones Cienfuegos, S.L., cuyo CIF es B-35768365 y cuya parte dispositiva es la siguiente:

Dispongo:

Se acuerda la apertura de la fase liquidación, poniéndose fin a la fase común del concurso.

De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.

[DGdJ4] Se declara la disolución y en su caso el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en este Ley Concursal.

Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Se hace saber a los Administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la Secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.

Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso.

Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal.

Hágase saber a la Administración del Concurso que en el plazo de quince días posteriores a la espiración de los plazos de los interesados habrá de presentar un informe en los términos establecidos en el artículo 169 de la Ley Concursal.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Notifíquese la presente resolución haciendo saber que de conformidad con lo establecido en el artículo 197 de la Ley Concursal contra la misma cabe interponer recurso de reposición ante este mismo Juzgado en el plazo de cinco días, sin que dicha interposición produzca los efectos de suspensión del presente procedimiento

Así lo acuerdo, mando y firmo. Doy fe. El Magistrado-Juez.

Y para poder llevar a cabo la notificación se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Las Palmas de Gran Canaria, 21 de diciembre de 2011.- Secretaria Judicial.

04-09-2009
64128
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 0000051/2008 referente a Arrendamientos E Inversiones Cienfuegos S.L., con CIF B-35768365, se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el artículo 198 LC, en este último caso a través de mandamiento remitido al Registro Mercantil de Las Palmas -quien deberá comunicar la fecha de inserción a los efectos previstos en el artículo 96 de la Ley Concursal.

Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Las palmas de Gran Canaria, 31 de julio de 2009.- Secretaria Judicial.

20-10-2008
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso
 
Informes
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