Edicto:
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 139.2 de la Ley Concursal,
Anuncia:
Que en la sección quinta del procedimiento concursal voluntario abreviado número 590/2014, referente al deudor RUSTIMETAL, S.L.L., con CIF n.º B-23404098, se ha declarado cumplido el convenio de acreedores aprobado en el seno de presente concurso.
Jaén, 1 de marzo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén,
Anuncia
1. Que el procedimiento concursal número Apertura Sección 590.05/2014 referente al concursado RUSTIMETAL, SLL, con CIF n.º B-23404098, y domicilio en carretera de Jaén - Alcalá la Real. Kilómetro 11. Los Villares. Se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 17 de marzo de 2015, a las 10:00 horas, en Sala de Vistas de este Juzgado.
2. Se someterá/n a la deliberación y, en su caso, aprobación de la Junta la/s propuesta/s de convenio presentado/s por Rustimetal, S.L.L.
Dicha/s propuestas junto con el escrito de evaluación de la Administración Concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Secretaría del Juzgado.
3. Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 LC.
4. Tiene derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 LC.
Jaén, 16 de enero de 2015.- Secretaria judicial.
Edicto
El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Jaén, anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 590/2014, referente al deudor Rustimetal, S.L.L., con CIF B-23404098 y domicilio en Carretera de Jaén-Alcalá la Real, kilómetro 11, Los Villares, se ha presentado el informe definitivo de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
2.- La presentación del informe de la administración concursal y de la documentación complementaria notifíquese a quienes se hayan personado en el concurso y publíquese en el tablón de anuncios del Juzgado y en el BOE durante diez días.
Jaén, 17 de octubre de 2014.- El/la Secretario judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
Anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 590/2014, con NIG 2305042M20140000509 por auto de 25/06/14 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Rustimetal, S.L.L., con CIF B-23404098, con domicilio en carretera de Jaén-Alcalá la Real, km. 11, Los Villares.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la L.C. A estos efectos, se informa que la administración concursal designada ha sido el Letrado don Manuel Muñoz Ruiz, con domicilio postal en paseo de la Estación, n.º 14, D-2.º, Dcha., Jaén, y dirección electrónica concurso590rustimetal@hotmail.com.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón de anuncios de este Juzgado. A estos efectos, se considera inhábil el mes de agosto
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Jaén, 3 de julio de 2014.- El/La Secretario Judicial.