Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Sincrostar Sl

El 28-11-2011, Sincrostar Sl, en PINTO (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B84533769. La actividad (principal) de Sincrostar Sl es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Sincrostar Sl
Localidad:
PINTO
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B84533769
Número de insolvencia:
B84533769
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
DE LAS ARTES GRAFICAS (POL INDUSTRIAL LAS AR) 5
28320 PINTO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
19-11-2020
A200056566
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

EDICTO

Dña. María Luisa Pariente Vellisca, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Madrid, anuncia:

En el procedimiento concurso abreviado n.º 438/2011 se ha dictado Auto de fecha 13/11/2020 por el que se ha declarado concluso el concurso por insuficiencia de la masa activa de Sincrostar, S.L. con CIF: B-84533769.

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 481 del TRLC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Madrid, 16 de noviembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Pariente Vellisca.

15-04-2013
A130017018
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal,

Anuncia: Que en el procedimiento n.º 438/2011, relativo a Sincrostar, S.L., con CIF B84533769, por Auto de 13 de marzo de 2013, se ha dictado Auto declarando la imposibilidad de cumplir el convenio aprobado por la sentencia de 1 de octubre de 2012. Por este Auto de 13 de marzo de 2013 se acuerda lo presente:

1.- Abrir la fase de liquidación, formándose la Sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

2.- Dejar, durante la fase de liquidación, en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. Se restablecen las funciones de los administradores concursales.

3.- Declarar la disolución si no estuviese acordada y, en todo caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la Administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

4.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios del juzgado que se publicarán en el BOE y en el Registro Público Concursal.

5.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

6.- Requerir a la Administración Concursal para que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC.

7.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Llévese testimonio de esta resolución a los autos.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución cabe recurso de apelación en el plazo de veinte días a contar desde el siguiente a su notificación, previa constitución del depósito correspondiente y, en su caso, la liquidación de la tasa judicial.

Madrid, 2 de abril de 2013.- Secretario judicial.

03-01-2013
A120085581
 

Edicto

Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal,

Anuncia: Que en el procedimiento n.º 438/2011 por sentencia de 1 de octubre de 2012, se ha aprobado judicialmente el convenio propuesto por la concursada Sincrostar, S.L., que se ha reseñado en los antecedentes de esa resolución, con los efectos establecidos en los artículos 133 a 136 de la LC.

Se acuerda la formación de la sección de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Hágase constar en el edicto que dentro de los cinco días siguientes a la última publicación del mismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Asimismo, ha cesado en su cargo el administrador concursal. Producido el cese, rendirá cuentas de su actuación ante el Juez del concurso, dentro del plazo de un mes.

Madrid, 1 de octubre de 2012.- Secretario judicial.

14-03-2012
A120013410
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

D.ª M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 438/2011, referente al deudor Sincrostar, S.L.., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE, y en el Tablón de Anuncios del Juzgado los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Madrid, 5 de marzo de 2012.- Secretaria Judicial.

09-12-2011
88576
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º Que en el procedimiento n.º 438/2011 por auto de fecha 28 de noviembre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Sincrostar, S.L., CIF: B84533769, con domicilio social en Calle Moreras, parcela n.º 2, sector 19-B, Polígono Industrial Camporrojo, 28350 Ciempozuelos, Madrid.

2º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, la Administración concursal está compuesta por:

Don Luis Armando Betancor Álamo, con domicilio en la calle Ayala, 27, 4.º, izquierda, 28001 de Madrid, teléfono del despacho n.º 917819624 y correo electrónico: betancor@alasabogados.es, y

Don Jorge Bueno Palacio, Economista, con domicilio sito en Madrid, Calle López de Hoyos, 117, 3.º, A, teléfono del despacho: 91 519 11 15, y correo electrónico: jbpalacio@msn.com

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado

4º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC).

Madrid, 28 de noviembre de 2011.- Secretario Judicial.

Informes
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