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Concurso de acreedores terminado Agaete Parque Sociedad Limitada

El 04-12-2013, Agaete Parque Sociedad Limitada, en PLAYA DEL INGLES (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35417294. La actividad (principal) de Agaete Parque Sociedad Limitada es servicios de alojamiento.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Agaete Parque Sociedad Limitada
Localidad:
PLAYA DEL INGLES
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B35417294
Número de insolvencia:
B35417294
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
DE TENERIFE 8
35100 PLAYA DEL INGLES
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-11-2018
A180069784
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Doña ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente

Hace saber: Que en el procedimiento concursal número 367/2013, se ha dictado en fecha 9/11/2018 auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil AGAETE PARQUE, S.L., con CIF: B-35417294 y cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente:

Se declara la conclusión del concurso de AGAETE PARQUE, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.

Se acuerda la extinción de la sociedad AGAETE PARQUE, S.L., con CIF n.º B-35417294, y se acuerda la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme. La sociedad figura inscrita al tomo 1275, Folio 144, Hoja GC-14060.

Las Palmas de Gran Canaria, 21 de noviembre de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.

13-08-2014
A140040833
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

D./Dña. Águeda Reyes Almeida, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000367/2013, seguido a instancias del Procurador/a D./Dña. Ivo Baeza Stanicio, en nombre y representación de Agaete Parque S.L., se ha dictado Decreto el día 23-07-2014, en cuya parte dispositiva:

Acuerdo la apertura de la fase liquidación, poniéndose fin a la fase común del concurso.

De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.

Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

La apertura de la liquidación producirá la extinción del derecho a alimentos con cargo a la masa activa, salvo cuando fuere imprescindible para atender las necesidades mínimas del concursado y las de su cónyuge, pareja de hecho inscrita cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el art. 25.3 y descendientes bajo su potestad.

Requiérase a la administración concursal que en el plazo de diez días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Modo de Impugnación.-Contra esta resolución cabe interponer recurso directo de revisión, que deberá interponerse en el plazo de cinco días hábiles contados desde el siguiente de la notificación mediante escrito en el que deberá citarse la infracción en que la resolución hubiere incurrido. Se deberá constituir y acreditar al tiempo de la interposición el depósito para recurrir de veinticinco euros, mediante su ingreso en la Cuenta de Consignaciones de este juzgado, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente. Sin cuyos requisitos no se admitirá a trámite el recurso, y todo ello conforme a lo dispuesto en los arts. 451, 452 y concordantes LEC y la Disposición Adicional Decimoquinta de la LOPJ".

Así lo acuerda y firma Dña. Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1. Doy fe.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Decreto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto en

Las Palma de Gran canria, 29 de julio de 2014.- La Secretaria Judicial.

30-04-2014
A140018895
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 367/2013, seguido en virtud de la declaración de concurso de la entidad Agaete Parque, S.L., con CIF: B-35417294, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Las Palmas de Gran Canaria, 15 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

13-01-2014
A130069678
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto.

Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal 367/2013, seguido a instancias del Procurador D. Ivp Baeza Stanicic, en nombre y representación de Agaete Parque, S.L., se ha dictado Auto el día 04/12/2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de Agaete Parque, S.L. con CIF n.º B-35417294, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. Octavio Luis Henríquez Portillo, como abogado, el cual ha designado como domicilio postal el de C/ Domingo Rivero, nº 2, oficina 1 de Las Palmas de Gran Canaria y código postal 35004, teléfono 928-29-23-84 y fax 928-24-23-05, así como Dirección electrónica e-mail3479@icalpa.com.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda; que el deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

D. Alberto López Villarrubia, Magistrado Juez.-Dña. María Victoria Basanta Eiras, Secretario/a Judicial.-Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 13 de diciembre de 2013.- Secretaria Judicial.

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