Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Almería anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 371/2011 se ha dictado con fecha 11 de febrero de 2014, Auto de Conclusion del Concurso de Acreedores, siendo concursada la mercantil Piscifactoría Framar, S.L., CIF B-04193736, y cuyo contenido es el siguiente.
2.- La conclusion del presente procedimiento concursal por inexistencia de bienes.
3.- Se declara aprobada la rendición de cuentas final de los administradores.
4.- Se declara la extinción de la mercantil Piscifactoría Framar, S.L., y procédase al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
Almería, 19 de febrero de 2014.- El/La Secretario Judicial.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Almería anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número Apertura Sección 371.06/2011 referente al concursado Piscifactoría Framar, S.L., con CIF B-04193736, se ha dictado con fecha 12 de abril de 2013 auto calificando el concurso, cuyo contenido es el siguiente:
El archivo de las actuaciones de esta sección sexta, por calificación de fortuito del presente procedimiento concursal. Notifíquese a las partes personadas y a la Administración Concursal, e inscríbase en el Registro Mercantil a sus efectos.
Publíquese en el Boletín Oficial del Estado, en el registro Público Concursal y en el tablón de anuncios del juzgado.
Asimismo, se incluirá una reseña en la página web www.ws150.juntade andalucia.es/WevMercantil/InicioConcurso.do
Notifiquese a las partes, haciéndoles saber que, contra esta resolución, que es firme, no cabe interponer recurso alguno
Almería, 12 de abril de 2013.- El/la Secretario Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil de Almería anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número apertura sección 371.05/2011, referente al concursado Piscifactoria Framar, S.L., CIF B-04193736, se ha dictado resolución en la que se acuerda:
Se aprueba el plan de liquidación presentado por la adminstración concursal, siendo concursada Piscifactoria Framar, S.L., al cual deberán de atenerse las operaciones de liquidación de la masa activa.
Almería, 24 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil de Almería, anuncia:
Que el procedimiento concursal número concurso abreviado 371/2011 referente al concursado Piscifactoría Framar, S.L., CIF B-04193736, por auto de fecha 24 de octubre de 2012, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los articulos 114.3 y 143.1.º de la Ley Concursal.
2. Se declara el cese de los administradores de la sociedad concursada que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.
Almería, 25 de octubre de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Almería (antiguo Instancia número 7) en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal.
Anuncia
1.º-Que en el procedimiento número 371/2011, por auto de 27 de octubre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Piscifactoria Framar, S.L., con NIF número B-04193736, con domicilio en Carboneras (Almería), carretera Faro Mesa Roldán, s/n, 04140.
2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal, dirigiendolos a la dirección facilitada por dicho Administrador Concursal.
Emilio Lucas Marín, calle Bulevar, número 301-5.º 2, El Ejido, Almería o al correo electrónico: elucas@lucasasociados.com
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).
Almería, 15 de noviembre de 2011.- El/la Secretario/a judicial.