EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 953/2013 en el que figura como concursada PRECICAL SOCIEDAD ANÓNIMA LABORAL, CIF A48466668, se ha dictado el 13/06/2016 auto que declara concluso el concurso y acuerda el archivo de las actuaciones por insuficiencia de la masa activa.
La misma resolución ha decretado el cese de las limitaciones que pudieran quedar subsistentes en cuanto a las facultades de administración y disposición del deudor.
Así mismo, se ha acordado también la extinción de la persona jurídica deudora.
Dicho auto es firme por no caber contra el mismo recurso alguno.
Bilbao (Bizkaia), 13 de junio de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Primero. Que en el procedimiento número 953/2013, NIG número 48.04.2-13/026402, por auto de 15/11/2013 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Precical, Sociedad Anónima Laboral, con CIF A-48466668, cuyo centro de principales intereses lo tiene en Mallabia-Bizkaia.
Segundo. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.
Tercero. Que la administración concursal está integrada Abogado D. Pedro María Fernández Ortega, mayor de edad, con despacho a efecto de notificaciones en 48010 Bilbao, calle General Eguía, número 7, 1.º derecha, teléfono 944 214 563; fax: 944 214 073 y dirección de correo electrónico: iurisconcursalfernandezabogado@gmail.com.
Cuarto. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
Quinto. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Bilbao, 15 de noviembre de 2013.- La Secretario judicial.