Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores Gestiones E Inversiones Monro Sociedad Anonima

El 05-10-2011, Gestiones E Inversiones Monro Sociedad Anonima, en SAN BARTOLOME (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es A35653310. La actividad (principal) de Gestiones E Inversiones Monro Sociedad Anonima es publicidad y estudios de mercado.
Se ha declarado el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados.
Hay más datos disponibles de este expediente. Haga clic aquí para iniciar sesión o registrarse GRATIS.
Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Gestiones E Inversiones Monro Sociedad Anonima
Localidad:
SAN BARTOLOME
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A35653310
Número de insolvencia:
A35653310
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
TANZA (PG I PLAYA HONDA) 7
35550 SAN BARTOLOME
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
19-11-2013
A130062272
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 2 de Las Palmas,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal n.º 36/2011, seguido a instancia del Procurador don Antonio Jaime Enríquez Sánchez, en nombre y representación de Gestiones e Inversiones Monro, S.A se ha dictado Auto de fecha 7 de noviembre de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se acuerda la apertura de la fase liquidación de la concursada Gestiones e Inversiones Monro, S.A.

De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.

Se declara la disolución y, en su caso, el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en este Ley Concursal.

Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Se hace saber a los administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo, deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la Secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas, 7 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

19-06-2013
A130036250
 
  • Presentación de la propuesta de convenio
 

Edicto

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial, del Juzgado de lo Mercantil Nº 2, de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal número 36/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de Gestiones e Inversiones Monro, S.A., se ha dictado en el día de hoy Auto, acordando la reanudación de la fase de convenio y señalándose para Junta de Acreedores el próximo día 23 de octubre de 2013 a las 13.00 horas, en la sala de vistas de este Juzgado.

Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores que lo deseen pueden adherirse a la propuesta de convenio presentada en los términos previstos en el artículo 115.3 de la Ley Concursal.

Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la Ley Concursal.

Las Palmas de Gran Canaria, 11 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

14-02-2013
A130004796
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Cédula de notificación

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 2 de Las Palmas,

Por el presente, se hace saber, que en el procedimiento concursal n.º 36/2011, seguido a instancia del Procurador don Antonio Jaime Enriquez Sánchez, en nombre y representación de Gestiones e Inversiones Monro, S.A. se ha dictado auto de fecha 29 de enero de 2013, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se acuerda la apertura de la fase liquidación.

De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.

Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Se declara la disolución y en su caso el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por los Administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en este Ley Concursal.

Se hace saber a los Administradores que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la Secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.

Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso.

Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez días desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal.

Hágase saber a la Administración del Concurso que en el plazo de quince días posteriores a la espiración de los plazos de los interesados habrá de presentar un informe en los términos establecidos en el artículo 169 de la Ley Concursal.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, de conformidad a lo establecido en los arts. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto.

Las Palmas, 29 de enero de 2013.- La Secretaria Judicial.

11-12-2012
A120080749
 
  • Finalización de la fase común
  • Presentación de la propuesta de convenio
 

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretario Judicial, del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente, se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000036/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de "Gestiones e Inversiones Monro, S.A.", con CIF B35653310 se ha dictado en el día de hoy Auto, declarando finalizada la fase común del concurso, abriendo la fase de convenio y señalándose para Junta de Acreedores el próximo día 6 de febrero de 2013, a las trece treinta horas, en la sala de vistas de este Juzgado.

Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta el deudor o los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, podrán presentar propuestas de convenio.

Los acreedores que lo deseen pueden adherirse a la propuesta de convenio presentada en los términos previstos en el artículo 115.3 de la Ley Concursal.

Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la Ley Concursal.

Las Palmas de Gran Canaria, 21 de noviembre de 2012.- El Secretario Judicial.

25-02-2012
A120009056
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000036/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de Gestiones e Inversiones Monro, S.A. y CIF n.º A35653310, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Las Palmas de Gran Canaria, 14 de enero de 2012.- El Secretario Judicial.

23-11-2011
83085
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Doña Teresa Hernández Rivero, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 0000036/2011, seguido a instancias del Procurador don Antonio Enríquez Sánchez, en nombre y representación de "Gestiones e Inversiones Monro, S.A.", se ha dictado auto el día 5/10/2011, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de "Gestiones e Inversiones Monro, S.A.", con CIF A35653310, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición de la deudora respecto a su patrimonio, se acuerda: la intervención de dichas facultades mediante la correspondiente autorización o conformidad de los administradores concursales, teniendo en cuenta lo establecido en el art. 44.2.2 de la L.C..

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 6.3 del Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de Medidas Urgentes en Materia Tributaria, Financiera y Concursal, por el cual se modifica el n.º 5.º del apartado 1 del art. 21 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Asìmismo y por no hacer aceptado el cargo el inicialmente nombrado, por auto de fecha 10 de octubre de 2011 se designó como Administrador concursal al Letrado don Manuel J. Seijas López, el cual aceptó el cargo en fecha 28 de octubre de 2011.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el auto dictado, así como de notificación a los acreedores, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente edicto en

Las Palmas de Gran Canaria, 10 de noviembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
Concursal.es se dedica a actualizar y completar periódicamente el contenido de este sitio web, a partir de fuentes públicas. Pese al esfuerzo y la atención de esta labor, es posible que el contenido esté incompleto o contenga alguna imprecisión. Concursal.es pone a disposición el contenido del sitio web en su estado original ("As is"), sin garantía alguna en cuanto a su vigencia, su idoneidad para un fin determinado o en cualquier otro sentido. Concursal.es no asumirá ninguna responsabilidad por daños causados o que se puedan causar, o que se deriven o que tengan algún tipo de conexión con el uso de Concursal.es o con la imposibilidad de consultar el sitio web. Además de lo expuesto en este aviso legal, Concursal.es no será responsable por los archivos de terceros vinculados al sitio web. La vinculación no implica la ratificación de dichos archivos.

Destacado


Subastas en línea

Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Twitter
Seguir las últimas noticias e insolvencias vía Facebook
  • Binq Media B.V., Media Park, Locatie Heideheuvel H1, Mart Smeetslaan 1, 1217 ZE Hilversum, Países Bajos