EDICTO
Doña M.ª José Roig Sapiña, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, por el presente,
Hago saber:
Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado [CNA] – 000982/2011 Voluntario, de la deudora Concursada Byc Corona, S.L., con CIF n.º B96558143, con domicilio en la Calle Poniente, Nave II, Letra A (Pol,Ind. De la Bassa), Ribarroja del Turia (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha veintinueve de enero de dos mil veinte por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC).
Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.
Valencia, 29 de enero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, M.ª José Roig Sapiña.
. D./Dña. Jorge Victor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:
Que en este Juzgado se tramitan; autos de concurso abreviado voluntario n° 000982/2011, habiéndose dictado en fecha siete de septiembre de dos mil once por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Byc Corona, S.L., con domicilio en Calle Poniente, nave II, letra A (Pol. Ind. de la Bassa), Ribarroja del Turia (Valencia) y CIF n° B96558143, Inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al Tomo 5597, Folio 67, Hoja V-50130.
Que se ha acordado la intervencion de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada.
Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin dé que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Asimismo, se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.
Valencia, 7 de septiembre de 2011.- El Secretario Judicial.