Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Proxectos Consultoria E Formacion Sl

El 07-07-2011, Proxectos Consultoria E Formacion Sl, en FERROL (La Coruña) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LA CORUÑA. El número de insolvencia de esta empresa es B15782030. La actividad (principal) de Proxectos Consultoria E Formacion Sl es actividades de las sedes centrales; actividades de consultoría de gestión empresarial.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Proxectos Consultoria E Formacion Sl
Localidad:
FERROL
Provincia:
La Coruña
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B15782030
Número de insolvencia:
B15782030
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
DOUTOR FLEMING 0
15401 FERROL
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
23-05-2019
A190028908
 
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente

Hago saber:

Primero. Que en los autos seguido en este Juzgado con el número de Sección I Declaración Concurso 0000254/11 se ha dictado a instancias de Proxectos Consultoría e Formación, Sociedad Limitada (B-15782030) en fecha 12 de marzo de 2019 Auto de Conclusión de Concurso cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ferrol.

Acuerdo:

1.-Declarar la conclusión del procedimiento sobre concurso ordinario Proxectos Consultoría e Formación, Sociedad Limitada, provista de CIF B-15.782.030 (datos registrales, Registro Mercantil de A Coruña Tomo 2.461 del archivo, sección general, folio 205, hoja número C-26.496) por finalización de las operaciones de liquidación, e insuficiencia de la masa activa y, en consecuencia, el archivo de las actuaciones.

2.-Se aprueban las cuentas presentadas por la administración concursal.

3.-Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.

4.-Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro, a cuyo efecto se expedirá mandamientos al citado Registro.

5.-Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

6.-Se acuerda la publicidad de esta resolución mediante anuncia, de forma gratuita, en el «Boletín Oficial del Estado», ello por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.

7.-Si aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la Ley Concursal.

8.-Comuníquese la conclusión del concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

9.-Notifíquese al Ministerio Fiscal esta resolución y de los antecedentes necesarios.

10.-Una vez realizados por la Administración Concursal los pagos necesarios para la conclusión del concurso, para los que existe provisión de fondos, tal y señaló en su informe final y rendición final de cuentas presentada, y aprobada con esta resolución, se requiere a la Administración Concursal para que aporte justificación acreditativa de haber verificado los mismos.

Modo de impugnación: Esta resolución es firme, y contra ello no podrá interponerse recurso alguno de acuerdo con lo establecido en el artículo 177.1 de la Ley Concursal.

A Coruña, 13 de marzo de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

12-08-2011
62993
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Don José Javier García Valentín, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil Mercantil número 1 de A Coruña,

Por el presente, hago saber:

1º.- Que en los Autos seguidos en este Juzgado con el número Sección I Declaración Concurso 0000254/11, se ha dictado a instancias de Proxectos Consultoría e Formación, S.L. (B-15782030) en fecha de 6 de Julio Auto de Declaración de Concurso cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ferrol.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de Quince Días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales y copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

5º.- Que ha sido nombrado Administrador Concursal don Ricardo López Mosteiro con despacho profesional en calle Donantes de Sangre, 1 - 1.º A Coruña.

A Coruña, 7 de julio de 2011.- El/La Secretario/a Judicial.

Informes
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