Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Construccion Integral Fran Sociedad De Responsabilidad Limitada.

El 26-11-2012, Construccion Integral Fran Sociedad De Responsabilidad Limitada., en CASTELLON PLANA/CASTELLO (Castellón) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de CASTELLÓN DE LA PLANA. El número de insolvencia de esta empresa es B12643383. La actividad (principal) de Construccion Integral Fran Sociedad De Responsabilidad Limitada. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Construccion Integral Fran Sociedad De Responsabilidad Limitada.
Localidad:
CASTELLON PLANA/CASTELLO
Provincia:
Castellón
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B12643383
Número de insolvencia:
B12643383
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
GRAN VIA TARREGA MONTEBLANCO 0
12006 CASTELLON PLANA/CASTELLO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
30-07-2015
A150034756
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

Doña NIEVES PÉREZ IBÁÑEZ, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber:

Primero. Que por Auto de fecha 12 de febrero de 2015, dictado en el procedimiento de Concurso Necesario Abreviado n.º 000870/2011, NIG n.º 12040-66-2-2011-0001042, seguido en este Juzgado, se ha decretado la conclusión del Concurso Necesario y Abreviado que se ha seguido frente al deudor "Construcción Integral Fran, S.L.", domiciliado en calle Gran Vía Tarrega Monteblanco, 81, 3.º, pta. 12, Castellón, y CIF/ DNI número B12643383.

Segundo. Mediante la resolución antedicha se ha acordado además de la conclusión del concurso las siguientes medidas:

1.º El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, éste quedará responsable del pago de los créditos restantes pudiendo los responsables del pago de los créditos restantes pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso de acreedores.

2.º El cese en su cargo del Administrador concursal aprobándose las cuentas formuladas.

3.º La extinción de las mercantil y el cierre de su hoja registral.

Castellón, 15 de julio de 2015.- El Secretario judicial.

25-07-2015
A150032421
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto.

Don JORGE GONZÁLEZ RODRÍGUEZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Hago saber: Que con fecha 12/2/15 se ha dictado auto de conclusión del concurso que a continuación se inserta el cual es firme al no caber contra el mismo recurso alguno:

Parte dispositiva:

1º.- Que debía acordar y acordaba la conclusión del concurso de CONSTRUCCION INTEGRAL FRAN, S.L., seguido bajo el número concurso abreviado, número 000870/2011-III., y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite al no existir ni bienes ni derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los acreedores.

2º.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, este quedará responsable del pago de los créditos restantes pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare nuevo concurso de acreedores.

3º.- Se acuerda el cese en su cargo del administrador concursal aprobándose las cuentas formuladas.

4º.- Se acuerda la extinción de la mercantil debiendo procederse al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado, con inclusión de la presente resolución y carácter inmediato al no caber recurso contra el presente auto y ser por tanto firme, al Registro Mercantil que corresponda.

5º.- Dese al presente auto la publicidad que corresponda en los términos de los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, a cuyo fin se expedirán los correspondientes edictos y mandamientos que se entregarán al Procurador/a del solicitante o instante para que proceda, sin dilación ni excusa, a su publicación gratuita en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el Boletín Oficial del Registro Mercantil (BORME) y en el Registro Público Concursal. Publíquese asimismo en el tablón de anuncios de este Juzgado.

6º.- Llévese el original al libro de autos y déjese testimonio del presente auto en las actuaciones sección primera del concurso.

7º.- Notifíquese el presente auto a la administración concursal, a la concursada, y a cuantos acreedores se hayan personado en el concurso haciéndose saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno en virtud de lo dispuesto en el artículo 177.1 de la Ley Concursal.

Así lo acuerdo mando y firmo, dando fe el Secretario Judicial.

Y para que conste y para inscripción se expide el presente en

Castellón, 2 de julio de 2015.- El Secretario Judicial.

13-12-2012
A120082809
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Don Ramiro Monforte Altaba, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal,

Hago saber:

Primero: Que por Auto de fecha 3 0 de octubre de 2 012, dictado en el procedimiento de cocurso abreviado, n.º 000870/2011, N.I.G. n.º 12040-66-2-2011-0001042, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso necesario y abreviado al deudor "Construcción Integral Fran, S.L.", domiciliado en calle Gran Vía Tárrega Monteblanco, 81, 3º, 12 CS y CIF/ DNI B12643383.

Segundo: Que se ha determinado el régimen de suspensión de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado.

Tercero: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a don Juan Antonio Rafael Fuster Matosas (J. A. Fuster y Asociados S.L.P.). Con domicilio en Maestro Ripollés, 42-ent-2 Castellón y dirección electrónica fusterconcursal@coev.com, a través de los cuales podrán los a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC.

Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el y Boletín Oficial del Estado.

Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador /a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las administraciones públicas.

Castellón, 26 de noviembre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

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