Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid,
Hago saber:
Que en este Juzgado de lo Mercantil número 5 de los de Madrid, se sigue concurso voluntario n.º 203/11, a instancia de la entidad Limpiezas Asfain, S.L., en el que recayó auto de fecha 18/07/13, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:
Que debo aprobar y apruebo la rendición de cuentas final presentada por la Administración Concursal en el concurso de Limpiezas Asfain, S.L. y en consecuencia acuerdo la conclusión del presente procedimiento.
La aprobación o la desaprobación de las cuentas no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales. Se acuerda el cese de los miembros de la Administración Concursal.
Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concursado y sobre los acreedores de la concursada.
Se dispone la extinción y cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo iniciar ejecución singular los acreedores, salvo reapertura o declaración de nuevo concurso.
Anúnciese la conclusión del concurso en el Boletín Oficial del Estado.
Madrid, 18 de julio de 2013.- Secretario Judicial.
Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid se sigue Concurso Voluntario Abreviado 203/11, en el que recayó Auto de fecha 30 de mayo de 2011, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares:
"Se declara en Concurso Voluntario a la entidad Limpiezas Asfain, S.L., con CIF n.º B-83620377.
"Se acuerda la intervención de las facultades del deudor".
"Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de quince a contar desde la publicación".
Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente en la fecha expresada.
Madrid, 31 de mayo de 2011.- Secretaria Judicial, M. C. Sanz.