El 11-02-2008, Montajes Metalicos Ronda Sl., en RONDA (Málaga) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MÁLAGA. El número de insolvencia de esta empresa es B92482090. La actividad (principal) de Montajes Metalicos Ronda Sl. es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
El concurso ha concluido.
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Nombre:
Montajes Metalicos Ronda Sl.
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
B92482090
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
Edicto
EL Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Málaga anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 1065/07 referente al concursado MONTAJES METÁLICOS RONDA, S.L., con CIF B-92482090, se ha dictado auto de fecha 27 de abril de 2015 por el que se acuerda la conclusión del concurso y cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
Declarar concluido por falta de bienes el concurso de MONTAJES METÁLICOS RONDA, S.L.
Se acuerda la extinción de la sociedad concursada, debiéndose para ello emitir mandamiento de cancelación al registro público de inscripción con testimonio de la presente.
Se aprueba la rendición de cuentas presentada
La conclusión del concurso produce los efectos contenido en el artículo 178 y ss. de la LC.
Notifíquese la presente en la forma establecida en el artículo 177.3 de la LC.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.
Málaga, 27 de abril de 2015.- El Secretario Judicial.
- Cese de los Administradores
- Finalización de la fase común
- Apertura de la fase de liquidación
- Apertura de la sección seis
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 1065/2007 referente al concursado Montajes Metálicos Ronda, S.L., por auto de fecha 22/02/2012 se ha acordado lo siguiente:
1.- Poner fin a la fase común y abrir la fase de liquidación a petición del deudor
2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.- Se ha declarado disuelta la entidad Montajes Metálicos Ronda, S.L. cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.- Abrir la Sección Sexta de Calificación, en el plazo de diez días siguientes a la publicación de este edicto, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección sexta alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación de concurso como culpable.
Málaga, 22 de febrero de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
Se admite a tramite la solicitud de concurso voluntario.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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