Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 309/10 referente al concursado "Pebertu, S.P.E., Sociedad Limitada Unipersonal", con NIF B95234118, por auto de fecha 8 de julio de 2011 se ha acordado lo siguiente:
1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2.- Mantener la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3.- Se ha declarado disuelta la mercantil "Pebertu, S.P.E., Sociedad Limitada Unipersonal", con NIF B95234118 cesando en su función sus administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal.
4.- La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el tablón de anuncios del juzgado y en el Boletín Oficial del Estado cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse y ser parte en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Bilbao (Bizkaia), 8 de julio de 2011.- El/la Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), anuncia:
1.- Que en el procedimiento concursal número 309/10 referente al deudor "Pebertu S.P.E., Sociedad Limitada Unipersonal", con NIF-B95234118, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo 1 del título 4º de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa
2.- Dentro del plazo de 10 días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto, que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado, y en el B.O.E. los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.
4º- El deudor no ha presentado propuesta de convenio.
Bilbao ( Bizkaia), 20 de julio de 2010.- El/La Secretario Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao (Bizkaia), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1.º Que en el procedimiento número 309/10, por auto de 14 de mayo de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor " Pebertu S.P.E., Sociedad Limitada Unipersonal", con NIF-B95234118, con domicilio en calle Bizkaiako Jaurreria, número 3-1º, de Bermeo (Vizcaya) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en el mismo domicilio referido.
2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal
3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.
4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado ( artículo 184.3 Ley Concursal).
Bilbao (Bizkaia), 13 de mayo de 2010.- El/La Secretario Judicial.