El Juzgado de lo Mercantil n.º 9, anuncia:
1º.- Que observado error en el Edicto sobre la declaración de concurso publicado el día 29 de mayo de 2010 en el Bolentín Oficial del Estado, indicando como n.º de CIF de la mercantil A&C Asistenic, S.L., el B-84766526, se procede a la aclaración sobre el CIF que aparece en dicho anuncio siendo el B-82353830 el correspondiente a esta Mercantil.
Madrid, 1 de junio de 2010.- La Secretaria Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil n.º 9, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1.º Que conforme a lo acordado por auto de fecha 17-5-2010 en autos n.º 221/2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor A&C Asistenic, S.L., con domicilio social en la C/ Alcalá, n.º 170, 1.ª planta, 28028 de Madrid, y desarrollando su actividad en el mismo con CIF B-84766526.
2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.
3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
4.º Adminsitración Concursal:
D. José M.ª Carrió Montiel, Economista, con despacho profesional en C/ José Abascal, 44-4, 28003 Madrid. Tfno. 91534-04-54.
El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar desde la presente publicación.
Madrid, 18 de mayo de 2010.- La Secretaria Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil nº 9, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que conforme a lo acordado por auto de fecha 22/03/2010 en autos nº 52/2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Promociones Hormigos 2006, S.L., con domicilio social en la c/ Plomo, nº 39 Nave H Polígono Industrial Aimayr, San Martín de la Vega 28330 (Madrid) y desarrollando su actividad en el mismo con CIF B-84766526.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
4º.- Administración Concursal:
.- D. Valentín Gallego Castañera, Economista con domicilio profesional en c/ Castellar, 32, Bajo F 28028, Madrid y Tlfono.: 609.52.19.38.
El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar desde la presente publicación.
Madrid, 29 de marzo de 2010.- La Secretaria Judicial.