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Concurso de acreedores Miquel Saumell Mecanics Sociedad Limitada

El 18-03-2010, Miquel Saumell Mecanics Sociedad Limitada, en BELLVEI (Tarragona) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de TARRAGONA. El número de insolvencia de esta empresa es B43713643. La actividad (principal) de Miquel Saumell Mecanics Sociedad Limitada es venta y reparación de vehículos de motor y motocicletas.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Miquel Saumell Mecanics Sociedad Limitada
Localidad:
BELLVEI
Provincia:
Tarragona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B43713643
Número de insolvencia:
B43713643
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
BELLVEI (PG INDUSTRIAL ELS MASETS ) 7
43719 BELLVEI
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-01-2011
3216
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) Tarragona

El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presente, hace saber:

Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 79/2010-2 de concurso voluntario (abreviado) de la mercantil "Miquel Saumell Mecanics, S.L." (CIF B43713643), se ha dictado en fecha 30-12-10 la sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

"Sentencia

Magistrada-Juez que la dicta: Doña María Arantzazu Ortiz González.

En Tarragona, a treinta de diciembre de dos mil diez.

Doña María Arantzazu Ortiz González, Magistrada titular del Juzgado de 1ª Instancia nº 7 de Tarragona (Mercantil), ha conocido de las presentadas actuaciones de concurso voluntario de la entidad "Miquel Saumell Mecanics, S.L.", CIF B43713643, que ha actuado representada por la Procuradora Doña Maite García Solsona y defendida por el Letrado Don Jesús Guiral Segovia.

Fallo

Apruebo, con los efectos previstos en la ley, el convenio propuesto por la empresa declarada en concurso voluntario "Miquel Saumell Mecanics, S.L.", B43713643, que fue aceptado en la junta de acreedores celebrada el día 24 de noviembre de 2010, con el siguiente contenido:

"Primero.- Se procederá a una quita del 50% de la deuda reconocida en el Expediente Concursal.

Segundo.- Una vez recalculada la deuda y fijado su 50% éste se pagará de la siguiente forma:

a) Un 10% al cumplirse la primera anualidad desde la firmeza del Convenio.

b) Un 10% al cumplirse la segunda anualidad desde la firmeza del Convenio.

c) Un 10% al cumplirse la tercera anualidad desde la firmeza del Convenio.

d) Un 10% al cumplirse la cuarta anualidad desde la firmeza del Convenio.

e) Un 10% al cumplirse la quinta anualidad desde la firmeza del Convenio.

Tercero.- El importe de la deuda no devengara interés de clase alguna.

Cuarto.- Este Convenio también será aplicable a los Acreedores privilegiados que hicieran uso de la facultad de adherirse a él, de conformidad con el artículo 134.2 de la Ley Concursal."

Acuerdo el cese de los efectos de la declaración de concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor. En consecuencia, se decreta el cese del administrador concursal, sin perjuicio de lo previsto en el capítulo II del título VI de la Ley Concursal.

Requiérase al administrador concursal a fin de que rinda cuentas de su actuación ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la notificación de la presente resolución.

Requiérase al deudor a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta sentencia, informe al Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Ordeno la formación de la sección 6ª de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso, en la que será parte la administración concursal, advirtiendo a los interesados de que disponen de un plazo de diez días desde la publicación del presente auto en el Boletín Oficial del Estado para personarse y ser parte en la sección sexta y formular alegaciones respecto de la calificación como culpable del concurso.

Notifíquese esta sentencia al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Publíquese la sentencia en el Boletín Oficial del Estado y líbrese mandamiento al Registro Mercantil para su inscripción.

Contra esta resolución cabe recurso de apelación que podrá prepararse por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo."

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en,

Tarragona, 30 de diciembre de 2010.- El Secretario Judicial.

27-03-2010
19299
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona,

Por el presente hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 79/2010 se ha dictado en fecha 18 de marzo de 2010 Auto de declaración de concurso voluntario de Miquel Saumell Mecanics, S.L., con CIF B43713643 y domicilio social en Pol. Ind. Els Masets, Avda. Bellvei, n.º 7, Bellvei (Tarragona), representada por la procuradora doña Maite García Solsona y defendida por el Letrado don Jesús Guiral Segovia, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando el concursado, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación del administrador concursal, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal don Josep Maria Fabregat Vila la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de quince días a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente.

Tarragona, 18 de marzo de 2010.- Secretario Judicial.

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