Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Tapicerias Juan Ramon Sl

El 28-10-2015, Tapicerias Juan Ramon Sl, en FERROL (La Coruña) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LA CORUÑA. El número de insolvencia de esta empresa es B15070931. La actividad (principal) de Tapicerias Juan Ramon Sl es comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Tapicerias Juan Ramon Sl
Localidad:
FERROL
Provincia:
La Coruña
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B15070931
Número de insolvencia:
B15070931
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MARIA 100
15401 FERROL
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
04-03-2019
A190010797
 
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil Número 1 de A Coruña,

Por el presente hago saber:

Que en este Órgano Judicial se tramita Sección 1ª declaración concurso Número 528/2015/DA seguido a instancia de la Procuradora doña Laura Carnero Rodríguez, en nombre y representación de la deudora Tapicerías Juan Ramón, SL se ha dictado auto de fecha 08/02/2019 de conclusión por insuficiencia de masa activa, que se reproduce en extracto:

1.- Se declara concluso el Procedimiento Concursal número 528/2015 referente al deudor Tapicerías Juan Ramón, SL por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.

3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro de A Coruña a cuyo efecto se expedirán mandamientos al citado Registro.

4.- Líbrense mandamientos de cancelación de la inscripción de declaración de concurso a los Registros en los que se inscribió dicha declaración.

5.- Anúnciese la resolución en el "Boletín Oficial del Estado". Dicha publicación en el "Boletín Oficial del Estado" tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.

6.- Si aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la Ley Concursal.

7.- Comuníquese la conclusión del Concurso a los órganos judiciales administrativos a los que se ordenó la suspensión de los procedimientos de ejecución contra el patrimonio del deudor, a fin de que procedan, en su caso, a su archivo definitivo.

8.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la Administración Concursal.

9.- Remítase al Ministerio Fiscal testimonio de esta resolución y de los antecedentes necesarios.

Y para su publicación en el "Boletín Oficial del Estado", se expide el presente.

A Coruña, 8 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

26-07-2016
A160046539
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección quinta
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, anuncia:

Que en el concurso voluntario, referente al concursado Tapicerías Juan Ramón, S.L., por auto de fecha 22/03/2016, de fin fase común y apertura de liquidación, se ha acordado lo siguiente:

1.- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Tapicerías Juan Ramón, S.L.

2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución.

3.- La situación del concursado durante la fase de liquidación será la de suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la Ley.

4.- Se declara disuelta la deudora Tapicerías Juan Ramón, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

5.- Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este órgano judicial, en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.

6.- Inscribir en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos.

7.- Requerir a la administración concursal para que en el plazo improrrogable de 10 días computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la Ley Concursal.

8.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

A Coruña, 22 de marzo de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

26-11-2015
A150051356
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección I Declaración Concurso 528/2015/DA y NIG número 1503047120150001096 se ha dictado en fecha 28/10/2015 Auto de declaración de concurso voluntario de Tapicerías Juan Ramón, S.L., CIF B-15070931, domiciliada en calle María, n.º 100, 15402 Ferrol, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ferrol.

2.º Se ha acordado que la deudora conservará las facultades de administración y disposición de su patrimonio quedando sometida el ejercicio de esas facultades a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

3.º Se ha designado, como administración concursal a don Antonio Gómez Santiago, con DNI número 32.654.211-F, mayor de edad, con domicilio profesional en calle San Francisco, n1 33-1.º, Ferrol, teléfono 622676233 y 981352566 y correo electrónico: antoniogomez@economistas.org para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

A Coruña, 30 de octubre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

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