El 21-01-2010, Caldegama Sociedad Limitada, en PORCUNA (Jaén) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de JAÉN. El número de insolvencia de esta empresa es B91209726. La actividad (principal) de Caldegama Sociedad Limitada es metalurgia; fabricación de productos de hierro, acero y ferroaleaciones.
Se ha abierto la sección 6.
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Nombre:
Caldegama Sociedad Limitada
Estado:
Concurso de acreedores
Número de insolvencia:
B91209726
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
- Cese de los Administradores
- Alzamiento de las limitaciones de administración
El Juzgado de Primera Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23, en relación con el 177 de la Ley Concursal,
Anuncia
1.º- Que en el procedimiento concursal n.º 601/2009 por auto de fecha 20/4/2018 se ha declarado la conclusion del concurso del deudor CALDEGAMA, S.L., con CIF B-91209726.
2.º-Se aprueban las cuentas presentadas por la Administración concursal
3.º-Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposicion del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificacion.
Jaén, 26 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Inmaculada Barea Cobo.
- Desconvocatoria de Junta de Acreedores
- Cese de los Administradores
- Se deja sin efecto la fase de convenio
- Apertura de la fase de liquidación
- Apertura de la sección seis
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén anuncia:
Que el procedimiento concursal numero apertura sección 601.05/09 referente al concursado Caldegama, por auto de fecha 13 de octubre de 2010 ha acordado lo siguiente:
1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 8 de julio de 2010, por no haberse presentado propuestas.
2. Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 27 de otubre de 2010 a las diez treita horas.
3. Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1.º de la Ley Concursal.
4. La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
Jaén, 13 de octubre de 2010.- El/la Secretario Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
Edicto.
El Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento número 601/09, por auto de 21 de enero de 2010, se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Caldegama, S.L., con N.I.F. B-91209726, domicilio en Carretera A-306, Km. 32, Porcuna, Jaén y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Porcuna.
Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).
Jaén, 22 de enero de 2010.- El/la Secretario Judicial.
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