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Concurso de acreedores terminado Metria DiGital Sl

El 01-01-0001, Metria DiGital Sl, en POSADA (Asturias) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de OVIEDO. El número de insolvencia de esta empresa es B74056987. La actividad (principal) de Metria DiGital Sl es servicios técnicos de arquitectura e ingeniería; ensayos y análisis técnicos.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Metria DiGital Sl
Localidad:
POSADA
Provincia:
Asturias
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B74056987
Número de insolvencia:
B74056987
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ASTURIAS, ED CEEI 0
33424 POSADA
Mostrar en tarjeta
-
CL :
ASTURIAS 9000
33424 POSADA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
18-11-2015
A150049307
 
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Don Andrés Prada Horche, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil número dos de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.º Que en los Autos seguidos en este Juzgado en la Sección I declaración Concurso 150/2015 (Mesa 2), se ha dictado a instancia del deudor "Metria Digital, Sociedad Limitada", con CIF B74056987, y con domicilio en Parque Tecnológico de Asturias, Edificio CEEI, 33428, Llanera, Auto de reapertura de Concurso y apertura de la liquidación, en fecha 19 de octubre de 2015.

2.º Se ha nombrado como Administrador concursal a don Alberto Aldamunde Miranda, que ha aceptado el cargo y ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: Calle Principado, número 5, segundo izquierda, 33007 - Oviedo, teléfono 985 22 28 58/59, fax 985 21 33 70, y la siguiente dirección electrónica albertoam@iberforo.es debiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a una u otra, a su elección.

Dicha comunicación deberá presentarse ante el Administrador concursal en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, que se ha acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado, Registro Público Concursal y El Comercio.

3.º El deudor "Metria Digital, Sociedad Limitada", no conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sustituido por el Administrador concursal.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal).

5.º Se ha declarado disuelta la Sociedad Limitada "Metría Digital, Sociedad Limitada", cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal.

Oviedo, 3 de noviembre de 2015.- El Secretario judicial.

18-06-2015
A150028322
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

Don Andrés Prada Horche, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil número 2 de Oviedo, por el presente, hago saber:

1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Declaración Concurso 150/15 del deudor "Metria Digital, Sociedad Limitada", CIF B-74056987, con domicilio social en Parque Tecnológico de Asturias, edificio CEEI, 33428 de Llanera, provincia de Asturias se ha dictado en fecha 1 de junio de dos mil quince, auto cuya parte dispositiva dice:

1. Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador Señora García-Bernardo en nombre y representación de Metria Digital, Sociedad Limitada.

2. Se declara en concurso, que tiene como carácter de voluntario, de Metria Digital, Sociedad Limitada.

3. Se acuerda la conclusión de Metria Digital, Sociedad Limitada, por insuficiencia de la masa activa.

4. Se acuerda la extinción de la mercantil Metria Digital, Sociedad Limitada.

5. Se acuerda el libramiento de mandamiento por duplicado el Registro Mercantil con testimonio de la presente resolución, y que será diligenciado por el Procurador instante de este expediente, para la cancelación de la inscripción de la concursada en el citado Registro.

6. Esta resolución produce los efectos de declaración de insolvencia de la deudora a los efectos de las ejecuciones laborales que pudiera entablarse contra esta.

Oviedo, 2 de junio de 2015.- El Secretario Judicial.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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