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Concurso de acreedores terminado U Ne Gocios 2007 De DiStribuciones Sl

El 27-07-2010, U Ne Gocios 2007 De DiStribuciones Sl, en MARACENA (Granada) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de GRANADA. El número de insolvencia de esta empresa es B92801927. La actividad (principal) de U Ne Gocios 2007 De DiStribuciones Sl es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
U Ne Gocios 2007 De DiStribuciones Sl
Localidad:
MARACENA
Provincia:
Granada
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B92801927
Número de insolvencia:
B92801927
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
PG :
INDUSTRIAL PAZ CL MANUEN SANCHEZ ME 0
18200 MARACENA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
24-12-2014
A140060385
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal.

Anuncia: Que en el concurso abreviado voluntario n.º 467/2010, con NIG 1808742M20100000561, seguido a instancia de U. NE. Gocios 2007 de Distribuciones, S.L., con CIF B-92801927, se ha dictado auto con fecha 27 de noviembre de 2014 cuya parte dispositiva es como sigue:

Se declara finalizada la fase de liquidación y decido la conclusión del concurso de acreedores y la aprobación de la rendición de cuentas y en consecuencia:

Primero: desde la conclusión deberán cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.

Segundo: Acuerdo la extinción de la persona jurídica concursada disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos que corresponda y ordenando librar mandamiento con contenido de la presente resolución que se entregará a la concursada que deberá acreditar en el plazo de cinco días, a través de su procurador dicho cumplimiento.

Tercero: Procede la publicación en BOE y en el registro público concursal a cuyos efectos se entregarán al procurador de la parte para que los cumplimente en el plazo de quince días.

Cuarto: Procede que la administración concursal entregue en el Juzgado la acreditación de la misma en el plazo de veinte días.

De conformidad a lo previsto en el artículo 177 LC contra el auto que acuerda la conclusión no cabe recurso alguno.

Granada, 27 de noviembre de 2014.- La Secretaria judicial.

26-02-2011
8785
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

El Juzgado de lo Mercantil de Granada, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 467/2010 por auto de fecha 27 de julio de 2010, se ha declarado en concurso voluntario a la sociedad U. Ne. Gocios 2007 de Distribuciones, S.L., con cif B-92801927 y domicilio en Polígono Industrial la Paz, C/ Manuel Sánchez Mesa, n.º 8, cp 18200, Maracena (Granada) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Granada.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

La comunicación de cada acreedor se realizará mediante correo certificado, a la siguiente dirección:

C/ Camino de Ronda n.º 55, 9.º B 18004 de Granada.

La personación en el presente procedimiento deberá efectuarse mediante escrito independiente del anterior, presentado en forma ante este Juzgado.

El plazo para esta comunicación es el de un mes contado desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso en la forma extractada prevista en el art. 23.1 LC.

4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Granada, 7 de septiembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

Informes
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