Edicto.
Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 8 de los de Barcelona, dicto el presente edicto a fín de poner en conocimiento que en el concurso número 986/09-C de Optimax Innovation Technologies, Sociedad Limitada, CIF B-64944036, se ha dictado auto de fecha 3 de junio de 2010 en el que se ha acordado:
El archivo del procedimiento concursal por falta de activos realizables, dando por concluido el concurso en todas sus secciones. Ordenando librar los mandamientos al Registro Mercantil indicando la conclusión del concurso y la disolución de la sociedad.
Se acuerda la extinción de la sociedad Optimax Innovation Technologies, Sociedad Limitada, así como el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.
Barcelona, 7 de junio de 2010.- El Secretario Judicial.
Edicto.
Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 8 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado:
Número de Asunto: Concurso 986/2009. Sección C.
Fecha del Auto de Declaración: 15 de diciembre de 2009.
Clase de Concurso: (Voluntario/abreviado).
Entidad Concursada: Optimax Innovation Technologies, Sociedad Limitada con CIF B-64944036 con domicilio en Tordera (Barcelona), Avenida Fibracolor, 7.
Administradores Concursales: Don Enrique Miro Ros, de profesión Auditor.
Régimen de las facultades del Concursado: (Intervenidas).
Llamamiento a los Acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles, con dirección en Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 13, Barcelona (08014) la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado.
Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar en escrito independiente del escrito de comunicación de los respectivos créditos y ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles.
Barcelona, 7 de enero de 2010.- El Secretario Judicial.