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Concurso de acreedores Desarrollos Empresariales Anacarbe S.A.

El 02-10-2008, Desarrollos Empresariales Anacarbe S.A., en SOTO DEL BARCO (Asturias) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de OVIEDO. El número de insolvencia de esta empresa es A82970484. La actividad (principal) de Desarrollos Empresariales Anacarbe S.A. es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
La Junta de Acreedores está planificada.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Desarrollos Empresariales Anacarbe S.A.
Localidad:
SOTO DEL BARCO
Provincia:
Asturias
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A82970484
Número de insolvencia:
A82970484
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
LG :
ALTO PRAVIANO 0
33126 SOTO DEL BARCO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
11-01-2010
95666
 
  • Cese de los Administradores
  • Presentación de la propuesta de convenio
 

Juzgado de lo Mercantil número uno de Oviedo

Edicto

En los autos de referencia se ha dictado en fecha 13 de noviembre de 2009 sentencia que aprueba convenio y cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

1.- Se aprueba, con los efectos previstos en la Ley, la propuesta de convenio presentada por la concursada Desarrollos Empresariales Anacarbe, Sociedad Anónima, que fue aceptada por la Junta de Acreedores celebrada el día 5 de octubre de 2009.

2.- Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como de los efectos que tal declaración produce en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concurso y sobre los acreedores de la concursada, si bien respecto de estos últimos teniendo en cuenta la vinculación que sobre los mismos produce el convenio aprobado para aquellos a quienes legalmente afecte.

3.- Se acuerda el cese de la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada, continuando en su cargo a los efectos previstos en el capítulo II del título VI.

4.- Se concede a la Administración concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de esta resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

5.- Requiérase a la entidad concursada, a fin de que, con periodicidad semestral, a partir de la fecha de esta resolución, informe a este Juzgado acerca del cumplimiento del convenio.

Notifíquese esta resolución al concursado, a la Administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Hágase pública la parte dispositiva de la sentencia aprobatoria del convenio por medio de edictos que se entregarán a la representación procesal de la concursada para que proceda a su inserción con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el diario La Nueva España de Oviedo, en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal, debiendo dar cuenta a este juzgado de su diligenciamiento.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídase y entréguese a la representación procesal de la concursada mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Asturias para constancia de la aprobación del convenio, del cese de la intervención de las facultades de administración y disposición, así como del cese de los administradores concursales.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que podrá prepararse por escrito ante este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Para interponer el recurso al que se refiere el párrafo anterior, es necesario constituir un depósito de 50 euros que se consignará en la siguiente cuenta de este juzgado: 2274 0000 02 0343 08.

Se debe indicar, en el campo "concepto" que se trata de un ingreso para interponer un recurso de apelación.

Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, esta referencia se hará constar después de especificar los dieciséis dígitos de la cuenta expediente, separándola mediante un espacio.

Así lo acuerda, manda y firma el Ilustrísimmo Señor Don Alfonso Muñoz Paredes, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número uno de Oviedo.

Y, para que sirva de anuncio a los efectos previstos en la L.C., se expide la presente en

Oviedo, 13 de noviembre de 2009.- El/La Secretario Judicial.

10-09-2009
65199
 
  • Presentación de la propuesta de convenio
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número uno de Oviedo, anuncia:

1º.- Que en el procedimiento concursal número 343/2008, referente al concursado "Desarrollos Empresariales Anacarbe, Sociedad Anónima", en liquidación se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará, el día 5 de octubre de 2009, a las 12:00 horas.

2º.- Se someterá a la deliberación y en su caso aprobación de la Junta la propuesta de convenio presentada por Desarrollos Empresariales Anacarbe, Sociedad Anónima en liquidación.

Dicha propuesta, junto con el escrito de evaluación de la administración concursal pueden ser examinadas por los interesados en la Secretaría del Juzgado.

Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.

3º.- Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la LC.

Oviedo, 1 de septiembre de 2009.- La secretaria judicial.

02-10-2008
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 
Se declara en concurso, que tiene carácter de voluntario, al deudor DESARROLLOS EMPRESARIALES ANACARBE SA
Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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