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Concurso de acreedores terminado Gestion Y Construcciones Echaves S L.

El 01-01-0001, Gestion Y Construcciones Echaves S L., en SANTANDER (Cantabria) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de SANTANDER. El número de insolvencia de esta empresa es B39617196. La actividad (principal) de Gestion Y Construcciones Echaves S L. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Gestion Y Construcciones Echaves S L.
Localidad:
SANTANDER
Provincia:
Cantabria
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B39617196
Número de insolvencia:
B39617196
Juzgado:
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
AMOS DE ESCALANTE 0
39002 SANTANDER
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
26-04-2021
A210024936
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Edicto

D.ª Maria de las Nieves García Pérez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander, hago saber:

Que en el procedimiento de referencia concurso Nº 651/2009 se ha acordado por Auto de fecha 19 de abril de 2021, lo siguiente:

1. Se declara concluso el presente concurso por insuficiencia de masa activa del concursado GESTIÓN Y CONSTRUCCIONES ECHAVES, S.L., con CIF B39617196, procediéndose al archivo de las actuaciones.

2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente.

3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal.

4. Se acuerda el cese de la administración concursal.

5. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de GESTIÓN Y CONSTRUCCIONES ECHAVES, S.L., con CIF B39617196, y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme.

Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal.

Santander, 21 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Dña. María de las Nieves García Pérez.

11-05-2013
A130024639
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto

Doña María de las Nieves García Pérez, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander,

Hago saber:

Que en el procedimiento de referencia, por Auto de fecha 13 de noviembre de 2012, se ha acordado lo siguiente:

1.- Se acuerda la apertura de la fase de liquidación del concurso de Gestión y Construcciones Echaves, S.L., con los efectos previstos en el Art. 142 y siguientes de la L.C.

2.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos legalmente establecidos.

3.- De conformidad con el Art. 145.3 L.C. se declara la disolución de la concursada Gestión y Construcciones Echaves, S.L., acordándose el cese de sus administradores, que serán sustituidos por la Administración Concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte.

4.- Los efectos sobre los créditos concursales son los previstos en el Art. 146 L.C., produciéndose desde este momento su vencimiento anticipado y la conversión en dinero de los que constan en otras prestaciones.

5.- Dése a la apertura de la fase de liquidación la publicidad establecida en los Arts. 23 y 24 L.C.

Publíquese la presente resolución en la página web del TSJ de Cantabria, a efectos meramente informativos.

6.- En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la Administración Concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el Art. 148 de la L.C.

Y, a los efectos oportunos, expido el presente.

Santander, 22 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

22-06-2010
47853
 

Edicto

Dña. María de las Nieves García Pérez, Secretario del Juzgado de 1.ª Instancia n.º 10 y Mercantil de Santander en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 40.4 de la ley concursal, anuncia

Que en el procedimiento concursal número CONCURSO 651/09, en el que figura como deudor GESTIÓN Y CONSTRUCCIONES ECHAVES, S.L. por auto de fecha 24/03/10, se ha acordado la conversión del presente Concurso Abreviado a procedimiento Ordinario sin retroacción alguna de las actuaciones practicadas hasta ahora.

Los plazos previstos en la Ley Concursal se amplían a los ordinarios previstos en la legislación concursal.

Se sustituye la actual administración única, por el sistema de administración colegiada, y en su consecuencia, se designan administradores del concurso a las siguientes personas:

1. Al actual administrador único D. Enrique Suárez de Puga, Abogado.

2. A Dña. Patricia Cosio Gómez, Economista.

Santander, 24 de marzo de 2010.- El/La Secretario.

16-12-2009
90841
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia número 10 y Mercantil de Santander, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 651/2009 referente al deudor Gestión y Construcciones Echaves, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con la lista de acreedores.

2.- Anúnciese la presentación del informe por medio de edictos que se fijarán en el tablón de anuncios del Juzgado y en el B.O.E.

3.- Hágase saber a los interesados que en el plazo de diez días, computado desde la última publicación, podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen les es perjudicial. Las partes personadas lo podrán impugnar en el plazo de diez días desde la notificación de la resolución que acuerda la presentación del informe.

4.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Santander, 25 de noviembre de 2009.- El/la Secretario Judicial.

16-12-2009
90928
 
  • Cese de los Administradores
 

Edicto

Doña Nieves Sánchez Valentín, Secretario del Juzgado de Primera Instancia número 10 y Mercantil de Santander, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 40.4 de la Ley Concursal, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 651/09, en el que figura como deudor Gestión y Construcciones Echaves, S.L. por auto de fecha 04/12/09, se ha cambiado la situación de aquel en relación con las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, que ha quedado de la forma siguiente: el deudor ha quedado suspendido en las facultades de administración y disposición de su patrimonio, que han sido sustituidas por la administración concursal.

Santander, 4 de diciembre de 2009.- El/la Secretario Judicial.

21-09-2009
67407
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia número 10 de Santander, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 651/2009, por Auto de se ha declarado en Concurso al deudor Gestión y Construcciones Echaves, S.L., con CIF n.º B39617196 y con domicilio en calle Amós de Escalante, 6-2.º H de Santander.

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que, los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar de la última publicación que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y como publicidad complementaria en el página Web TSJ de Cantabria.

4º.- Que los acreedores interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

Santander, 7 de julio de 2009.- El/la Secretario Judicial.

Informes
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