El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla, Sección Segunda, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 482 del Real Decreto Legislativo 1/2020, de 5 de mayo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Concursal, anuncia:
Que en el procedimiento número 180/09-2, referente al deudor Indelec Sur, S.L., con C.I.F. B-41792896, y domicilio en Pol. Ind. La Campiña, nave 15, Ecija, Sevilla, por auto de fecha 21 de enero de 2021, se ha acordado lo siguiente:
1.- La conclusión del proceso concursal de la entidad Indelec Sur, S.L., llevado en este mismo Tribunal con el n.º 180/09. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición.
2.- El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este tribunal le extendió en plazo de cinco días.
3.- La declaración de extinción de la sociedad Indelec Sur, S.L., y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia.
Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros.
Sevilla, 25 de enero de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.
El Juzgado de lo Social n.º 4 de Sevilla,
Hace saber: Que en este Juzgado se sigue Ejecución 311/10, dimanante de los autos 1221/09, a instancia de Víctor Carmona Martínez contra Indelec Sur, S.L., en la que con fecha 11/3/2011 se ha dictado Decreto decretando la suspensión de la ejecución por estar la empresa en concurso y archivándose provisionalmente los autos pudiendo las partes solicitar su continuación, una vez se dicte resolución que ponga fin al procedimiento concursal seguido contra el ejecutado.
Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente.
Sevilla, 11 de marzo de 2011.- Secretario Judicial.
El Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 180/2009, por auto de catorce de julio de dos mil nueve se ha declarado en concurso voluntario al deudor Indelec Sur, SL., con N.I.F. B-41792896, domicilio en Pol. La Campiña nave 15, Écija, Sevilla y cuyo centro de principales intereses lo tiene en el mismo lugar.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).
Sevilla, 14 de julio de 2009.- La Secretaría Judicial.