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Concurso de acreedores terminado Algialfa Sa (En Liquidacion)

El 13-07-2012, Algialfa Sa (En Liquidacion), en BENIFAIO (Valencia) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de VALENCIA. El número de insolvencia de esta empresa es A97799225. La actividad (principal) de Algialfa Sa (En Liquidacion) es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Algialfa Sa (En Liquidacion)
Localidad:
BENIFAIO
Provincia:
Valencia
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A97799225
Número de insolvencia:
A97799225
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SANT ANTONI, 2 - BJ 0
46450 BENIFAIO
Mostrar en tarjeta
-
CL :
POETA QUEROL, 5 - 5º 10º 0
46002 VALENCIA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
23-11-2020
A200057647
 
  • Conclusión del concurso
 

Doña Mª José Roig Sapiña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº. 2 de Valencia, por el presente,

Hago saber:

Que en este Juzgado se siguen autos de concurso ordinario [CNO] - 719/2012 voluntario, de las deudoras concursadas Algialfa, S.A., y Dupolo Construcciones, S..L, con CIF n° A97799225 y B96654827, con domicilio, ambas, en la Plaza san Antonio nº 2 de Benifaio (Valencia), en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 14 de enero de 2020 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de las mercantiles mencionadas y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (artículo 484 de la TRLC).

Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados.

Valencia, 16 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Mª José Roig Sapiña.

13-08-2012
A120057888
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso ordinario voluntario n.° 719/2012, habiéndose dictado en fecha 13 de julio de 2012 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de "Dupolo Construcciones, S.L." y "Algialfa, S.A.", con domicilio en plaza San Antonio, n.º 2, de Benifaio (Valencia), y calle San Antonio, n.º 2, de Benifaio (Valencia), y CIF n.º 96654827 y A97799225, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, al tomo 5821 General de Sociedades, libro 3127 de la sección 8.ª, folio 10, hoja n.º V-54953, inscripción 1.ª y al tomo 8531, libro 5820, folio 1, sección 8, hoja n.º 116.632, respectivamente.

Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la Administración concursal designada.

Se ha nombrado Administrador concursal a don Jesús Fernández Fernández, con domicilio en la calle General Urrutia, n.º 67, escalera 2, piso 3, puerta 7, de Valencia 46013, y correo electrónico administrador.concursal@gmail.com

Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el "Boletín Oficial del Estado" puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Así mismo se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador.

Valencia, 13 de julio de 2012.- El Secretario judicial.

Informes
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