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Concurso de acreedores Kontrel Mec Sl

El 15-09-2009, Kontrel Mec Sl, en AIGUAVIVA (Gerona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de GIRONA. El número de insolvencia de esta empresa es B17241159. La actividad (principal) de Kontrel Mec Sl es fabricación de maquinaria y equipo n.c.o.p..
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Kontrel Mec Sl
Localidad:
AIGUAVIVA
Provincia:
Gerona
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B17241159
Número de insolvencia:
B17241159
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SANT JOSEP (PG IND MAS ALIU) 25
17181 AIGUAVIVA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-03-2017
A170019433
 

D. José Antonio Marquínez Beitia, Letrado de la Adm. de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario Abreviado n.º 659/2009, se ha acordado mediante Auto de esta fecha el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la mercantil Kontrel-Mec, S.L., con CIF B-17241159, con domicilio en C/ Sant Josep, n.º 25, Polígono Industrial Aiguaviva, Girona.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la LC, en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente en

Girona, 9 de enero de 2017.- Letrado de la Adm. de Justicia.

19-12-2011
90998
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto.

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso Voluntario número 659/09, se ha dictado Sentencia en fecha 29 de marzo de 2011 y posterior auto de aclaración de fecha 11 de abril de 2011 de la entidad mercantil Kontrel-Mec, S.L., cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo:

Primero.- Que debo a probar y apruebo el convenio obtenido en la Junta General de acreedores de fecha 10 de marzo de 2011 en el Concurso voluntario de la mercantil Kontrel-Mec, S.L.

Segundo.- Se acuerda el cese de todos los efectos de la declaración de concurso, quedando sustituidos por los que, en su caso, se establezcan en el propio convenio y sin perjuicio de los deberes generales que para el deudor establece el artículo 42 de la Ley Concursal.

Cesa la Administración concursal en sus funciones de intervención de las facultades de administración y disposición de la entidad concursada.

Se concede a la Administración concursal el plazo de un mes a contar desde la notificación de la presente resolución para que proceda a la rendición de cuentas de su gestión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 163.1, 1º de la Ley Concursal procede formar la sección sexta, de calificación del concurso, toda vez que el convenio aprobado establece para todos los acreedores la opción B: sin quita y con una espera de trece años.

Tercero.- Una vez firme la presente resolución líbrese mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Girona, con testimonio del acta de la junta, para que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 132 en relación con el artículo 24 de la Ley Concursal inscriba la Sentencia aprobando el convenio en la hoja de la mercantil Kontrel-Mec, S.L.

Dese a la presente Sentencia la publicidad prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal. Y para la efectividad de lo acordado publíquese la misma en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado, expidiéndose los oportunos oficios y edictos los cuales serán entregados al procurador Sr. Garcés una vez firme esta resolución.

Cuarto.- No se verifica una expresa imposición en materia de costas procesales

Modo de impugnación: mediante recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Girona (artículo 455 LECn).

El recurso se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de recurrir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 LECn).

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.

La parte dispositiva del auto de aclaración de fecha 11 de abril de 2011 es del tenor literal siguiente:

Aclarar el último párrafo del apartado segundo del fallo de la Sentencia de fecha 29 de marzo de 2011 en el sentido de donde dice "De conformidad con lo dispuesto en el artículo 163, 1, 1° de la Ley Concursal procede formar la sección sexta de calificación del concurso, toda vez que el convenio aprobado establece para todos los acreedores la opción B: sin quita y con una espera de trece años." debe decir "De conformidad con lo dispuesto en el artículo 163.1.1° de la Ley Concursal procede formar la sección sexta de calificación del concurso, toda vez que el convenio aprobado establece para todos los acreedores afectados por el mismo una espera superior a tres años.

En cumplimiento del Real decreto 3/09 de 27 de marzo en relación con la disposición transitoria 2ª la publicidad en el Boletín Oficial del Estado será gratuita de conformidad con la nueva redacción dada al art. 23.1 de la Ley Concursal.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 29 de noviembre de 2011.- El Secretario Judicial.

03-01-2011
94364
 
  • Convocatoria de Junta de Acreedores
 

Edicto

Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Girona, con funciones de Mercantil,

Hago saber:

Que en el expediente de Concurso voluntario ordinario número 659/09, se ha acordado en virtud de auto dictado en fecha 2 de diciembre de 2010, la convocatoria judicial de Junta de acreedores de la mercantil concursada Kontrel Mec, S.L., para el próximo día 10 de marzo de 2011, a las 10:00 horas, que se celebrará en la Sala de Audiencias de este Juzgado.

Se hace saber a los concursados y a los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total del pasivo resultante de la lista definitiva, que podrán presentar propuesta de convenio desde la notificación de esta resolución, hasta 40 días antes de la celebración de la Junta.

Y para que sirva de publicación, expido el presente edicto.

Girona, 3 de diciembre de 2010.- El Secretario Judicial.

15-09-2009
n/a
 
  • Auto de declaración de concurso
 
Conversion del concurso de abreviado en ordinario.
15-07-2009
54804
 

Edicto

Don Juan Granero Peñalver, Juez sustituto del Juzgado Mercantil número 1 de Girona,

Hago saber: Que en el Concurso voluntario número 659/09, se ha acordado mediante Auto de esta fecha la admisión a trámite del Concurso de la entidad mercantil Kontrel-Mec, S.L., con domicilio en Aiguaviva, calle Sant Josep, 25, Polígono Industrial "Mas Aliu", CIF número B-17241159, siendo designados como Administradora Concursal doña Isabel Pagés Heras.

Por el presente se procede al llamamiento a los acreedores para que pongan en conocimiento de la administración concursal la existencia de los créditos contra el concursado, dentro de quince días a contar desde la última de las publicaciones, comunicación que deberá verificarse por escrito, que se presentará ante el Juzgado referido, firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto, cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, acompañándose los originales o copias auténticas, del título o documentos relativos al título y una copia de todo ello.

El deudor conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en los artículos 6 y 23 de la Ley Concursal, expido el presente.

Girona, 19 de junio de 2009.- El Magistrado-Juez.

Informes
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