Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Estructuras Permanyer Sl

El 28-01-2009, Estructuras Permanyer Sl, en SENTMENAT (Barcelona) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de BARCELONA. El número de insolvencia de esta empresa es B61648200. La actividad (principal) de Estructuras Permanyer Sl es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Estructuras Permanyer Sl
Localidad:
SENTMENAT
Provincia:
Barcelona
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B61648200
Número de insolvencia:
B61648200
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CAN PERIC 0
08181 SENTMENAT
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
16-10-2019
A190056830
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

EDICTO

Gaspar Caballero Ochoa, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Barcelona,

Hago saber que:

En el Concurso abreviado 1022/2008 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de ESTRUCTURAS PERMANYER, S.A., con NIF B61648200 y domicilio en calle PERMANYER 149, 08205 - SABADELL.

La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

Barcelona, 18 de julio de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Gaspar Caballero Ochoa.

24-12-2011
91180
 
  • Apertura de la fase de liquidación
 

Edicto dando publicidad a la apertura de la fase de liquidación.

Doña M. Eugenia Parra Egea, Secretaria del Juzgado Mercantil n.º 3 de Barcelona dicto, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de apertura de la fase de liquidación de concurso voluntario Estructuras Permanyer, S.L., con CIF n.º B61648200 y número de asunto 1022/2008 Sección C-3 por el que se acuerda:

La declaración de incumplimiento de convenio y apertura de la fase de liquidación.

La posibilidad de los acreedores que no lo fueran en la fecha de la sentencia aprobando el convenio incumplido de comunicar su crédito en la forma establecida en el artículo 85 de la Ley Concursal en el plazo máximo de quince días a:

Unidad de apoyo concursal de los Juzgados Mercantiles.

Ciudad Judicial.

Gran Vía, 111, Edificio C, Planta 13ª.

Barcelona (08014).

El derecho de impugnación que tendrán de la lista de acreedores y el inventario actualizado que la Administración Concursal realizará a estos solos efectos en el plazo y forma previsto por el artículo 96 de la Ley Concursal.

Barcelona, 21 de septiembre de 2011.- La Secretaria en sustitución.

01-07-2010
50971
 
  • Apertura de la sección seis
 

Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 3 Barcelona,

Hace saber: Que en el procedimiento de concurso voluntario 1022/2008-c3 de la mercantil Estructuras Permanyer, S.L., representada por el Procurador Don Jordi Fontquerni Bas que se sigue en este Juzgado se ha dictado resolución con esta fecha resolución de conformidad con los artículos 148 y 23 de la Ley Concursal, por la que se ha acordado librar el presente edicto al objeto de dar publicidad a la resolución por la cual se aprueba el convenio del presente concurso de acreedores.

Fallo: La aprobación del convenio de acreedores de la entidad mercantil Estructuras Permanyer, S.L., sometido a votación el 17 de febrero de 2010, adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando los administradores excepto en las labores derivadas de la sección de calificación y la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa.

Debe formarse la sección sexta o de calificación, que se encabezará con testimonio de la solicitud de concurso, de los documentos acompañados con la solicitud y los requeridos con posterioridad, con testimonio de auto de declaración de concurso y testimonio de esta sentencia, se abre el plazo de 10 días para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

La sentencia que apruebe el convenio debe de ser publicada en la forma prevista en el artículo 23 y 24 de la Ley Concursal, a tal fin se ordena librar edicto que recoja el fallo de esta sentencia, edicto que habrá de someterse al mismo régimen de publicidad que tuvo el auto de declaración de concurso.

No hay condena en costas.

Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Sala de lo Civil de la Audiencia Provincial de Barcelona; recurso que habrá de presentarse en este Juzgado en el plazo de cinco días desde su notificación.

Barcelona, 26 de abril de 2010.- La Secretaria Judicial.

25-02-2009
8013
 
  • Auto de declaración de concurso
 

D/ña. M. ARÁNZAZU ALAMEDA LÓPEZ, Secretaria del Juzgado Mercantil nº 3 de Barcelona dicto, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado:

NÚMERO DE ASUNTO.- Concurso voluntario 1022/2008 Sección C-3.

ENTIDAD CONCURSADA .- ESTRUCTURAS PERMANYER, S.L., con CIF nº B-61648200, y con domicilio sito en la C/. Permanyer, nº 149, de Sabadell (Barcelona).

FECHA DEL AUTO DE DECLARACIÓN.-  28 de enero de 2009.

ADMINISTRADORES CONCURSALES.- D. RICARDO JOSE PORTELL GURREA (economista), como administrador concursal único.

FACULTADES DEL CONCURSADO.- INTERVENIDA

LLAMAMIENTO A LOS ACREEDORES.- Disponen del plazo de 15 días desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursales de la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia.

Barcelona, 2 de febrero de 2009.- LA SECRETARIA JUDICIAL.

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