Edicto
Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Murcia, por el presente,
Hago saber: Que en este órgano judicial se tramita Sección I Declaración Concurso 0000197/2011 de la sociedad PROMOCIONES URBANAS Y RÚSTICAS P.F. DE CARAVACA, S.L., y que se ha dictado el día 09/09/15 auto de conclusión.
La referida resolución dice literalmente, en su parte dispositiva, lo siguiente:
"Acuerdo:
1.- Declarar la conclusión del concurso de la mercantil PROMOCIONES URBANAS Y RÚSTICAS P.F. DE CARAVACA, S.L., por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, así como su extinción como personalidad juridica.
2.- Archivar definitivamente las actuaciones, una vez firme la presente resolución expidiendo los despachos revistos en los art. 177.3 y 178.3 de la Ley Concursal acordando la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Publicos.
3.- Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.
4.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes
5.- Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.
Modo de impugnación: No cabe recurso alguno.
Así lo acuerda y firma SS.ª Doy fe."
Murcia, 5 de noviembre de 2015.- Secretaria Judicial.
Edicto.
D.ª Macarena Valcárcel García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil núm. dos de Murcia, anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número concurso abreviado 163/2011 referente al concursado Distribuciones J. Vivancos, y CIF B-73341927, se ha puesto de manifiesto en la Secretaría del Juzgado el día 18 de octubre de 2012 el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal.
2. El deudor y los acreedores pueden formular observaciones y modificaciones al mismo en el plazo de quince días, computados para las partes personadas desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el Plan y para los interesados no personados desde la publicación en el BOE del presente edicto.
Murcia, 18 de octubre de 2012.- Secretario Judicial.
Edicto
Doña Macarena Valcarcel García, Secretaria judicial, del Juzgado de lo Mercantil núm. dos de Murcia.
Anuncia:
Que en el Sección I, Declaración Concurso 163/2011, referente al concursado Distribuciones J. Vivancos con CIF B73341927, por auto de fecha veinte de septiembre de 2012, se ha acordado lo siguiente:
1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.
2. acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.
3. Se ha declarado disuelta la sociedad, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.
4. La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.
Dentro de los diez días, siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en BOE, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.
Murcia, 21 de septiembre de 2012.- El Secretario Judicial.
Edicto.
Doña Macarena Valcárcel García, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia:
1. Que en el Sección I Declaración Concurso 463/2011, referente al deudor "Promociones Picón Asturiano, S.L.", con CIF B73341927, se ha presentado el informe de la Administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.
2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.
3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC).
Murcia, 8 de junio de 1953.- Secretaria judicial.
Edicto
D./D.ª María Ángeles Ortiz García, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Murcia, por el presente, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º Sección I declaración concurso 0000197 /2011 se ha dictado a instancias de Promociones Urbanas y Rusticas P.F. de Caravaca, S.L., en fecha 24/05/11 auto de declaración de concurso voluntario, por el trámite abreviado, del deudor Promociones Urbanas y Rústicas P.F. de Caravaca, S.L., cuyo centro de intereses principales lo tiene en Caravaca de la Cruz (Murcia), calle República Argentina, núm. 4.
2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.
3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.
Dicha comunicación deberá presentarse ante e adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal).
5º.- Que ha sido nombrado Administrador concursal el economista Pedro Alcázar Moreno.
Murcia, 10 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.