Edicto
El Juzgado de Primera Instancia número 6 y de lo Mercantil de Badajoz,
Anuncia: Que en el Concurso Ordinario acumulado de de Almacenes y Transportes de Extremadura, S.L., y Mafran Inversiones y Proyectos, S.L., seguido en este Juzgado con el n.º 1206/2008, en su Sección 5.ª, se ha dictado Auto, cuyo encabezado y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:
Auto 388/2014.
Juez: Elena Gómez Calasanz.
En Badajoz, a 4 de noviembre de 2014.
Parte Dispositiva
Acuerdo la conclusión del concurso ordinario acumulado 1206/2008 de Almacenes y Transportes de Extremadura, S.L., y Mafran Inversiones y Proyectos, S.L., que quedan extinguidas con la presente resolución.
Apruebo las cuentas presentadas por la Administración Concursal, que cesará en sus funciones.
Notifíquese a las partes.
Publíquese conforme a lo dispuesto en los arts. 23 y 24 de la Ley Concursal.
Contra esta resolución no cabe recurso alguno.
Badajoz, 6 de noviembre de 2014.- Secretaria judicial.
El Juzgado de Primera Instancia número 6 y Mercantil de Badajoz, anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento concursal número Concurso Ordinario 1206/08 referente al concursado se ha puesto de manifiesto en la Secretaría del Juzgado el día 2 de febrero de 2010 el plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado Almacenes y Transportes Extremadura, S.L., elaborado por la administración concursal.
Segundo.- El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince días, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y modificaciones al mismo.
Badajoz, 2 de febrero de 2010.- El/La Secretario Judicial.
El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 6 y Mercantil de Badajoz, anuncia:
Primero.- Que en el procedimiento concursal número 1206/2008 referente al deudor ALMACENES Y TRANSPORTES DE EXTREMADURA, S.L., así como en el Procedimiento Concursal 1458/2008, referente al deudor MAFRAN INVERSIONES Y PROYECTOS, S.L., acumulado al anterior por ser aquella la entidad matriz con la que forma grupo de empresas, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.
Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.
Segundo.- Dentro del plazo de Diez Días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en tablón de anuncios del juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de 1.ª Instancia.
Tercero.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.
Badajoz, 13 de mayo de 2009.- El/la Secretaria.
EL JUZGADO DE 1ª INSTANCIA NÚMERO 6 Y MERCANTIL DE BADAJOZ, EN CUMPLIMIENTO DE LO DISPUESTO EN LOS ARTICULOS 23 Y 25 DE LA LEY CONCURSAL (LC),
ANUNCIA
Primero.- Que el procedimiento número 1206/2008, por auto de 21 de noviembre de 2008 se ha declarado en concurso voluntario al deudor ALMACENES Y TRANSPORTES DE EXTREMADURA, S.L., con domicilio en Montijo (BADAJOZ).
Segundo.- Que en el procedimiento número 1458/2008, por auto de 22 de diciembre de 2008 se ha acordado declarar en concurso voluntario al deudor MAFRAN-INVERSIONES Y PROYECTOS, S.L., con domicilio en Montijo (BADAJOZ), y SU ACUMULACIÓN al concurso de la entidad anterior, entidad matriz, con la que forma grupo de empresas.
Tercero.- La acumulacion se ha acordado sin perjuicio de mantener el trámite diferenciado de ambos procedimientos, durante la fase común.
Cuarto.- Que ambos deudores conservan las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.
Quinto.- Que los acreedores de los concursados deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos Hoy de Badajoz.
Para personarse en debida forma en uno u otro procedimiento concursal será necesario abogado y procurador.
Badajoz, 22 de diciembre de 2008.- El/la Secretaria Judcial.