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Concurso de acreedores terminado Envases Metalicos Riojanos Moreno Sa

El 20-10-2009, Envases Metalicos Riojanos Moreno Sa, en CALAHORRA (La Rioja) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de LOGROÑO. El número de insolvencia de esta empresa es A26003020. La actividad (principal) de Envases Metalicos Riojanos Moreno Sa es fabricación de productos metálicos, excepto maquinaria y equipo.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Envases Metalicos Riojanos Moreno Sa
Localidad:
CALAHORRA
Provincia:
La Rioja
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
A26003020
Número de insolvencia:
A26003020
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
MIGUEL SERVET 4
26500 CALAHORRA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
11-12-2019
A190069629
 
  • Conclusión del concurso
 

EDICTO

Doña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 y de lo Mercantil de Logroño,

Anuncia

1º.- Que en el procedimiento número 2010/2009 y N.I.G. 26089 42 1 2009 0012280 por auto de fecha 3 de diciembre de 2019 se ha acordado la conclusión del concurso seguido sobre la mercantil ENVASES METÁLICOS RIOJANOS MORENO, S.A., con CIF A26003020 y domicilio en calle Miguel Servet nº 4 de Calahorra, La Rioja. Asimismo se ha acordado el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado con los que satisfacer a los acreedores, sin haber declaración de responsabilidad de terceros.

2º.- Se ha aprobado la rendición de cuentas presentada en su día por la Administración Concursal de la concursada.

3º.- La deudora queda responsable del pago de los créditos no satisfechos. Asimismo, los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o se declare uno nuevo.

4º.- Se acuerda además la extinción de la personalidad jurídica de ENVASES METÁLICOS RIOJANOS MORENO, S.A., cuyos datos arriba mencionados se dan por reproducidos, disponiendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

5º.- A la conclusión del concurso se le da la misma publicidad que cuando se decretó, publicando el correspondiente edicto en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE y en el Registro Público Concursal.

Logroño, 3 de diciembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Asunción González Elías.

18-10-2010
73096
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

El Juzgado de 1ª Instancia de Logroño, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 2010/2009 referente al concursado Envases Metálicos Riojanos Moreno, S.A., por auto de fecha treinta de septiembre de dos mil diez, se ha acordado lo siguiente:

1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor, declarando finalizada la fase común, y formándose las secciones quinta y sexta del concurso.

En virtud de la apertura de la fase de liquidación, se informa a los acreedores y demás interesados que el Administrador Concursal deberá presentar ante este Juzgado, en un plazo de ocho días siguientes a la notificación del auto antedicho, un plan de realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso.

Asimismo, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la Sección sexta (de calificación) dentro de los diez días siguientes a la última publicación de este edicto, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable, en su caso.

2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.- La disolución de la entidad mercantil Envases Metálicos Riojanos Moreno, S.A., cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.- El vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

El presente edicto se publicará en el BOE, así como en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Logroño, 30 de septiembre de 2010.- El/La Secretario Judicial.

13-01-2010
95478
 
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia de Logroño, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 2010/2009 referente al deudor Envases Metálicos Riojanos Moreno, S.A., se ha presentado informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de Primera Instancia.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Logroño, 23 de diciembre de 2009.- El/La Secretario Judicial.

02-11-2009
78220
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

Edicto.

Doña María Asunción González Elias, Secretaria Judicial del Juzgado de Primera Instancia núm. 6 de Logroño y de lo Mercantil de La Rioja, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento núm. 2010/09, por Auto de fecha 20 de Octubre de 2009 se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor Envases Metálicos Riojanos Moreno, S.A. con C.I.F. núm. B-26003020 y con domicilio social en C/ Miguel Server núm. 4 de Calahorra (La Rioja)

2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

En Logroño, 20 de octubre de 2009.- El/la Secretario Judicial.

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