E D I C T O
EL Juzgado de lo Mercantil de CORDOBA, A N U N C I A:
1.- Que en el procedimiento concursal número 139/11, referente al concursado INDUSTRIAS ESPEJO, S.A. con CIF número A14068068, se tramita incidente concursal nº4 en el cuál se ha dictado sentencia de fecha 21/01/20 cuyo fallo dice lo siguiente:
"Que desestimo la oposición a la conclusión del concurso instada por la AC, y en consecuencia:
Se declara concluido el concurso de INDUSTRIAS ESPEJO SA declarándose la extinción de la sociedad
Se aprueba la rendición de cuentas presentadas por la Administración Concursal.
Se imponen las costas a la parte oponente
Líbrense los oportunos mandamientos, firme la presente, al Registro Mercantil para el cierre de la hoja registral de la concursada por liquidación de esta, con mandamiento de la presente,
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación ante la Ilma. Audiencia Provincial en plazo de veinte días.
Así lo acuerda, manda y firma el Ilmo. Sr. D. Antonio Fuentes Bujalance, Magistrado Titular del Juzgado Mercantil de Córdoba.
Llévese testimonio de esta resolución a los autos y sección concursal oportuna
Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo."
Córdoba, 28 de enero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Colorado Gámez.