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Concurso de acreedores Difusion De Muebles Medina Sa

El 27-01-2009, Difusion De Muebles Medina Sa, en ARCOS DE JALON (Soria) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SORIA. El número de insolvencia de esta empresa es A42136481. La actividad (principal) de Difusion De Muebles Medina Sa es comercio al por mayor e intermediarios del comercio, excepto de vehículos de motor y motocicletas.
Se ha abierto la sección 6.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Difusion De Muebles Medina Sa
Localidad:
ARCOS DE JALON
Provincia:
Soria
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
A42136481
Número de insolvencia:
A42136481
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos a motor
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
DE MADRID 74
42250 ARCOS DE JALON
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
07-03-2011
13392
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

D. Juan Carlos Martínez Pomar, Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Soria,

Anuncia: Que en el Sección I Declaración Concurso 1/2009, referente al concursado Difusión de Muebles Medina, S.A., por auto de fecha 23 de febrero de 2011, se ha acordado lo siguiente:

1.º Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2.º Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.º Se ha declarado disuelta la sociedad Difusión de Muebles Medina, S.A., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.º La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo.

Dentro de los 10 días siguientes a la última publicación de este edicto, que está previsto anunciarlo en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y fijado en el tablón de anuncios de la oficina judicial, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, podrá personarse en dicha sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Soria, 23 de febrero de 2011.- Secretario Judicial.

19-05-2009
35317
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Soria, anuncia:

1.- Que en el procedimiento concursal número 1000001/2009 referente al deudor Difusión de Muebles Medina, S.A., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de Primera Instancia e Instrucción.

3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador.

Soria, 11 de mayo de 2009.- La Secretaria Judicial.

16-02-2009
8743
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción 2 de Soria, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia:

1.- Que en el procedimiento número 1000001/2009, por auto de fecha 27 de Enero de 2009, se ha declarado en concurso voluntario al deudor DIFUSIÓN DE MUEBLES MEDINA, S.L., con domicilio en Avenida de Madrid, 74, de Arcos de Jalón, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Arcos de Jalón (Soria).

2.-Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal.

3.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de 1 mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletin Oficial del Estado y el periódico El Heraldo de Soria.

4.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal).

Soria, 27 de enero de 2009.- El Secretario Judicial.

Informes
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