ÓRGANO JUDICIAL
Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria
Dirección: Calle MALAGA 2 TORRE II- PLANTA 8
Localidad: Palmas de Gran Canaria (Las)
Código Postal: 35016
Provincia: Las Palmas
Teléfono: 928116548
Correo electrónico: mercanuno.lpa@justiciaencanarias.org
PROCEDIMIENTO
Civil
Número: 16/2019
RESOLUCIÓN PROCESAL
Auto
Fecha: 22/07/2021
Objeto de la publicación edictal:
Notificación
DESTINATARIOS
Se ha dictado el Edicto de publicación de la resolución de apertura de la fase de liquidación de la concursada COMERCIAL MOSA, .SA, con CIF A35213628, cuyo contenido se puede consultar en el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es.
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial.
INFORMACIÓN ADICIONAL
Se hace saber que, para conocer íntegramente la resolución o resoluciones a que se refiere el edicto y demás actuaciones del procedimiento indicado, podrá dirigirse a este órgano u oficina judicial
Palmas de Gran Canaria (Las), 26 de julio de 2021.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia, AGUEDA JESUS REYES ALMEIDA
Edicto
Don Eduardo José Rebollo Sanz, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,
Hace saber:
1º.- Que en el procedimiento concursal número 16/2019, se ha dictado en fecha 6 de febrero de 2019 auto declarando el concurso de la mercantil Comercial Mosa, S.A., con CIF A35213628, que se tramitará por las normas del procedimiento abreviado/voluntario, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del concursado respecto de su patrimonio.
2º.- Que se ha designado como Administrador Concursal al letrado don Carlos Bravo de Laguna Navarro, quien ha señalado como domicilio postal el sito en calle Viera y Clavijo número 5, 4ª planta, 35002 de Las Palmas de Gran Canaria y como dirección electrónica carlos@mbrabogados.es, para que los acreedores, a su elección, y en la forma prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal, efectúen la comunicación de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación de créditos se hará exclusivamente en el domicilio designado por la Administración concursal y no producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al juzgado.
3º.- Que las publicaciones que traigan causa del concurso se publicarán el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es
Las Palmas de Gran Canaria, 25 de marzo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Eduardo José Rebollo Sanz.