Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Sedafi Canary Edificaciones S.L.

El 17-10-2008, Sedafi Canary Edificaciones S.L., en ARUCAS (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35870583. La actividad (principal) de Sedafi Canary Edificaciones S.L. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Sedafi Canary Edificaciones S.L.
Localidad:
ARUCAS
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B35870583
Número de insolvencia:
B35870583
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Construcción
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
CLEMENTE JORDAN 6
35400 ARUCAS
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
11-09-2019
A190049314
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

Doña Águeda Reyes Almeida, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil N.º 1 de Las Palmas, por el presente HACE SABER que en el procedimiento concursal número 32/2008, se ha dictado en fecha 2 de septiembre de 2019 auto declarando la conclusión del concurso de la mercantil SEDAFI CANARY EDIFICACIONES, S.L., con CIF B-35870583 del término municipal de Arucas, y cuya parte dispositiva el del tenor literal siguiente:

Se declara la CONCLUSIÓN del concurso de Sedafi Canary Edificaciones, S.L. por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa. En todos los casos de conclusión del concurso, cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor subsistentes.

SE ACUERDA la extinción de la sociedad Sedafi Canary Edificaciones, S.L., y se acuerda la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil de Las Palmas, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la presente resolución firme.

Las Palmas de Gran Canaria, 6 de septiembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Águeda Reyes Almeida.

20-03-2014
A140011774
 
  • Cese de los Administradores
  • Finalización de la fase común
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Declaración de vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados
 

Edicto

Doña ÁGUEDA REYES ALMEIDA, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Las Palmas de Gran Canaria,

Por el presente, hago saber, que en el procedimiento concursal ordinario voluntario n.º 32/2008, seguido a instancia de la Procuradora Emma Crespo Ferrándiz, en nombre y representación de Sedafi Canary Edificaciones, S.L., con CIF B35870583; se ha dictado auto de apertura de la fase de liquidación, el día 12 de diciembre de 2013, en cuya parte dispositiva consta que:

Dispongo:

Se acuerda la apertura de la fase liquidación, poniéndose fin a la fase común del concurso de Sedafi Canary Edificaciones, S.L.

De la presente resolución dése la publicidad que establecen los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal.

Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.

Se declara la disolución y, en su caso, el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en este Ley Concursal.

Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

Se hace saber a la Administración Concursal que en el plazo de quince días desde la notificación de la presente resolución, deberán presentar un plan para la realización de los bienes y derechos en los términos establecidos en el artículo 148.1 de la Ley Concursal. Asimismo deberán presentar cada tres meses, un informe sobre el estado de las operaciones de la liquidación, que quedará de manifiesto en la Secretaría del Juzgado. El incumplimiento de esta obligación podrá determinar la aplicación de las sanciones previstas en los artículos 36 y 37 de la Ley Concursal.

Procédase a la apertura de la sección de calificación del concurso, que se regulará conforme a lo establecido en los artículos 163 y siguientes de la Ley Concursal. Dicha sección se encabezará con testimonio de la resolución judicial y se incorporarán a ella testimonios de la solicitud de declaración de concurso, de la documentación que hubiere presentado el deudor con su solicitud o a requerimiento del Juez, y del auto de declaración de concurso.

Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en el plazo de diez días desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la Ley Concursal.

Hágase saber a la Administración Concursal que en el plazo de quince días posteriores a la espiración de los plazos de los interesados habrá de presentar un informe en los términos establecidos en el artículo 169 de la Ley Concursal.

Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento.

Las Palmas de Gran Canaria, 11 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.

29-01-2014
A140001905
 

Edicto.

Doña Águeda Reyes Almeida, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Las Palmas de G.C.

Por el presente hago saber: Que en el procedimiento concursal ordinario voluntario n.º 32/2008, seguido a instancia de la procuradora Emma Crespo Ferrándiz, en nombre y representación de Sedafi Canary Edificaciones, S.L., con C.I.F. B-35870583; se ha dictado Diligencia de Ordenación el día 15 de enero de 2014, en el que consta que:

Presentado por Raúl Galván González y José Luis Cárdenes Armas escrito en el Decanato 26 de diciembre con registro en la oficina judicial n.º 62/14, al que acompaña el plan de realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso; únase a los autos de concurso de Sedafi Canary Edificaciones, S.L., se tiene por presentado en tiempo y forma y de conformidad con el artículo 148.1 de la Ley Concursal, póngase de manifiesto el mismo en la secretaría de la oficina judicial.

Se hace saber a los interesados que en el plazo de quince días siguientes a la notificación de la presente, el deudor, y los acreedores concursales podrán formular observaciones o propuestas de modificación. Una vez transcurrido dicho plazo por S.S.ª se acordará sobre la aprobación del mismo.

Asimismo, notifíquese la presente a los representantes de los trabajadores, si fuere el caso, a fin de que en el plazo de quince días siguientes a la notificación de la presente resolución, puedan presentar informe con formulación de las observaciones o propuestas de modificación.

Las Palmas de Gran Canaria, 15 de enero de 2014.- La Secretaria Judicial.

28-04-2009
27603
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto

Doña María de los Ángeles Lago Alonso, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil de Las Palmas.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal ordinario número 0000032/2008 referente a "Sedafi Canary Edificaciones, Sociedad Limitada", con CIF B-35870583 y domicilio en la calle Clemente Jordán, 6, 2.º-A, Arucas, Las Palmas, se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa.

Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en un periódico de la provincia, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil.

Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador.

Las Palmas de Gran Canaria, 19 de marzo de 2009.- La Secretaria Judicial.

20-01-2009
1940
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto.

Don Juan Vallino Gutiérrez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil Número Uno de Las Palmas,

Por el presente se Hace Saber que en procedimiento concursal número 32/2008 del Concurso seguido a instancias de la Procuradora Doña Emma Crespo Ferrandiz en nombre y representación de "Sedafi Canary Edificaciones, Sociedad Limitada" se ha dictado Auto en el día 17 de octubre de 2008, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes particulares:

Se declara el concurso de "Sedafi Canary Edificaciones, Sociedad Limitada", el que se tramitará por el procedimiento concursal ordinario.

A efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Se designan como Administradores del concurso a: Raúl Galván González como Abogado, Juan Ramón Bringas Zabaleta como Titulado Mercantil y a José Luis Cárdenes Armas como Acreedor.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la última de las publicaciones acordadas en el Auto, dentro de las que con carácter obligatorio establece el apartado uno del artículo 23.

María del Carmen de León Jiménez, Magistrada-Juez.- Juan Vallino Gutiérrez, Secretario.- Firmados y rubricados.

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el artículo 21.5 y 23 de la Ley Concursal se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 11 de diciembre de 2008.- El Secretario Judicial.

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