El 10-12-2008, Construcciones Maquedana Sociedad Limitada., en BRENES (Sevilla) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de SEVILLA. El número de insolvencia de esta empresa es B91100776. La actividad (principal) de Construcciones Maquedana Sociedad Limitada. es construcción de edificios.
El concurso ha concluido.
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Nombre:
Construcciones Maquedana Sociedad Limitada.
Estado:
Concurso de acreedores terminado
Número de insolvencia:
B91100776
Fecha del informe
Numero anuncio
Descripción
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el el artículo 23 de la ley concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 1109/2008-5, con N.I.G.: 4109142M20080001457 por auto de 11.10.2013 se ha declarado la conclusión del concurso de la entidad Construcciones Maquedana, S.L., con CIF n.º B-91100776 y domicilio en Brenes (Sevilla), calle Antonio Romero, número 6.
Sevilla, 11 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.
- Auto de declaración de concurso voluntario
EDICTO
El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
ANUNCIA
1º.- Que en el procedimiento número 1109/08, por Auto de 10 de diciembre de 2008, se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor CONSTRUCCIONES MAQUEDANA, S.L., con CIF B-91100776 y domicilio en Brenes, (Sevilla) c/ Antonio Romero, nº 6 y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Sevilla.
2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC.
El plazo para esta comunicación es el de UN MES a contar de la última publicación de los anuncios que se han ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en un diario de los de mayor difusión en la provimcia de Sevilla.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3LC).
Sevilla, 10 de diciembre de 2008.- Secretario Judicial.
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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