Edicto
Doña María Asunción González Elías, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja.
Hago saber:
Que en este Juzgado se sigue Concurso Voluntario con el número 31/2020 y N.I.G.: 26089 42 1 2020 0000160 de la mercantil TEJAS Y CANALES, S.L., CON CIF-B-26508911 y domicilio social en calle Santísimo Cristo nº 21- Autol- La Rioja, cuya parte dispositiva, dice:
1.- Debo declarar y declaro el concurso voluntario de TEJAS Y CANALES S.L. con domicilio social en calle Santísimo Cristo 21 de Autol ( La Rioja) y CIF Y simultáneamente concluirlo por insuficiencia de masa.
2.- Publíquese la declaración de concurso y su conclusión en extracto por medio de edictos en el Boletín Oficial del Estado, en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el Registro Público Concursal del concursado. La publicación en el BOE tendrá carácter gratuito por insuficiencia de bienes y derechos del concursado.
3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja registral en el Registro Mercantil a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.
Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma, por mor del art. 177 no cable recurso alguno.
Así lo acuerda, manda y firma.- Don Rafael Yangüela Criado, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia Nº 6 de Logroño y Mercantil de La Rioja. Doy Fe.
Logroño, 16 de enero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Asunción González Elías.