Información actual sobre concursos de acreedores y suspensiones de pagos

 

Concurso de acreedores terminado Confecciones Macarly Sl

El 28-01-2019, Confecciones Macarly Sl, en VIMIANZO (La Coruña) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LA CORUÑA. El número de insolvencia de esta empresa es B15519119. La actividad (principal) de Confecciones Macarly Sl es confección de prendas de vestir.
El concurso ha concluido por insuficiencia de masa activa.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Confecciones Macarly Sl
Localidad:
VIMIANZO
Provincia:
La Coruña
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B15519119
Número de insolvencia:
B15519119
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Industria
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
LG :
TREOS 0
15129 VIMIANZO
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Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
18-12-2019
A190071545
 
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión por insuficiencia de masa activa
 

EDICTO

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia do Xulgado do Mercantil nº 1 de A Coruña, por la presente,

Hago saber:

1º.- Que en la sección I del Concurso 3/2019-L seguido en este órgano judicial, se ha dictado en fecha 29 de octubre de 2019 el Auto de Conclusión del Concurso relativo a la entidad deudora Confecciones Macarly, S.L.U., CIF B15519119, cuyo centro de intereses principales lo tiene en el Lugar de Treos del término de Vimianzo, A Coruña, por insuficiencia de la masa activa para el pago de los créditos contra la masa y se acuerda el archivo de las actuaciones.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de administración y disposición del deudor que estuvieren subsistentes.

3.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica deudora, procediendo al cierre de su hoja de inscripción en el Registro de A Coruña a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro.

4.- Si aparecieren nuevos bienes o derechos del deudor, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 179 y siguientes de la LC.

5.- Se declaran aprobadas las cuentas presentadas por la Administración concursal.

A Coruña, 4 de diciembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

22-02-2019
A190009055
 
  • Auto de declaración de concurso
  • Cese de los Administradores
 

EDICTO

Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xuzgado do Mercantil N.º 1 de A Coruña, por el presente,

Hago saber:

1.º-Que en la Sección I del Concurso 3/2019-L seguido en este órgano judicial a instancia del Procurador Sr. González-Concheiro Álvarez en representación de la deudora que se dirá, se ha dictado en fecha 28 de enero de 2019 el Auto de declaración de concurso relativo a la entidad deudora Confecciones Macarly. S.L.U., CIF B-15.519.119, cuyo centro de interés principales lo tiene en el Lugar de Treos del término de Vimianzo - A Coruña.

2.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición del deudor.

3.º-El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4.º-La identidad de la administración concursal es la siguiente: Don Isidro Blanco Rego, que se identifica con el DNI número 36.038.706-Y, mayor de edad, de profesión Economista, con domicilio profesional en Rúa Pontevedra, núm. 6, 2.º C, 36201 Vigo (Pontevedra), teléfono.: 986449882, Fax: 986449883, dirección de Correo electrónico: ibrconcursomacarly@gmail.com.

5.º-Que los acreedores e interesado que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC).

A Coruña, 7 de febrero de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

Informes
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