El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Almería, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 364/2010, con NIG 0401342M20100000353, por auto de quince de enero de 2021 se ha declarado la conclusión de concurso necesario de la concursada Civiplac, S.L., con C.I.F. B.04552741, domicilio en El Ejido -Almería, calle Hispania, 16, Polígono Industrial Ciavieja.
La conclusión del presente procedimiento concursal del deudor Civiplac, S.L., por insuficiencia de masa activa.
Se declara aprobada la rendición de cuentas final de la Administración concursal.
Se declara la extinción de la mercantil Civiplac, S.L. En su virtud, procédase al cierre de la hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
Publíquese la presente resolución en el tablón electrónico de edictos de la sede judicial electrónica, en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal.
Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal en el que se publicaran las resoluciones que traigan causa del concurso es www.publicidadconcursal.es
Almería, 15 de enero de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, María Ángeles Bossini Ruiz.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Almería anuncia:
1. Que en el procedimiento concursal número Apertura Concursal número Apertura Sección 364,05/2010, referente al conursado "Civiplac, S.L., con CIF B 04552741, se ha dictado con fecha 4 de julio de 2012, Auto en el que se hace constar.
2. Se aprueba el Plan de Liquidación presentado por la Administración concursal, siendo concursada "Civiplac, S.L.", al cual deberán atenerse las operaciones de liquidación de la masiva activa.
3. Cada tres meses la Administración concursal presentará al Juez del concurso un informe sobre el estado de las operaciones.
Almería, 13 de julio de 2012.- El Secretario judicial.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Almería, anuncia:
Que en el procedimiento concursal número 364/2010, referente al concursado "Civiplac, S.L.", por auto de fecha 14 de mayo de 2012, ha acordado lo siguiente:
1. Dejar sin efecto la fase de convenio acordada por auto de 2 de marzo de 2012, por no haberse presentado ninguna propuesta.
2. Dejar sin efecto, consecuentemente, el señalamiento de la Junta de acreedores para el día 8 de junio de 2012.
3. Abrir, de oficio, la fase de liquidación, conforme a lo ordenado en los artículos 114.3 y 143.1 de LC.
4. Se ha acordado el cese de los administradores de la entidad concursada, que serán sustituidos por la Administración concursal.
Almería, 15 de mayo de 2012.- El Secretario judicial.
Edicto.
El Juzgado de lo Mercantil de Almería anuncia:
1- Que en el procedimiento concursal número Concurso Abreviado 364/2010 referente al concursado Civiplac, S.L., se ha convocado Junta de acreedores que se celebrará el día 8 de junio de 2012 a las 10.00 horas en la Sala de vistas de este Juzgado.
2- Hasta cuarenta días antes del señalado para la celebración de la Junta, el deudor y los acreedores cuyos créditos superen conjunta o individualmente una quinta parte del total pasivo resultante de la lista definitiva podrán presentar propuestas de convenio.
Los acreedores podrán adherirse a las propuestas de convenio en los términos del artículo 115.3 de la LC.
3- Tiene derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el articulo 118 de la LC.
Almería, 6 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.
Edicto
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Almería (antiguo Instancia n.º 7) en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal, anuncia:
1º.- Que en el procedimiento número 364/2010, por auto de doce de julio de dos mil once se ha declarado en concurso necesario deudor CIVIPLAC, S.L., con C.F.I.B04552741, en domicilio en El Ejido (Almería), calle Hipania, 16, de Polígono Industrial Ciavieja.
2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.
3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC
El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.
4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184,3 LC).
Almería, 1 de septiembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.