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Concurso de acreedores terminado Flordiscatel Sl

El 07-02-2018, Flordiscatel Sl, en TELDE (Palmas (Las)) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de LAS PALMAS DE GRAN CANARIA. El número de insolvencia de esta empresa es B35844299. La actividad (principal) de Flordiscatel Sl es servicios de comidas y bebidas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Flordiscatel Sl
Localidad:
TELDE
Provincia:
Palmas (Las)
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B35844299
Número de insolvencia:
B35844299
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Servicios de alojamientos, comidas y bebidas
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
ANTONIO JOSE DE SUCRE (PG IND LAS RUBIESAS) 6
35214 TELDE
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
08-02-2020
A200006180
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

EDICTO

CEDULA DE NOTIFICACION

JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

Por el presente se HACE SABER que en el procedimiento concursal n° 406/2017, seguido a instancia de la Procuradora D. Maria Gema Monche Gil, en nombre y representación de FLORDISCATEL, S.L. con C.I.F. B-35.844.299 se ha dictado Auto de fecha 18 de Septiembre de 2019, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

1. Declarar la conclusión del concurso de la deudora FLORDISCATEL, S.L. con C.I.F. B-35.844.299 por inexistencia de bienes (176 BIS LC).

2. Archivar las actuaciones.

3. Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso.

4. Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación.

5. El cese de la administración concursal designada, debiendo devolver en el plazo de CINCO DIAS la credencial que le habilita como tal.

6. El deudor quedará responsable del pago de los créditos restantes, de modo que los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso. Para tales ejecuciones, la inclusión de su crédito en la lista definitiva de acreedores se equipara a una sentencia de condena firme

7. La extinción de la entidad concursada FLORDISCATEL, S.L., debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda.

8. Dar la publicidad por medio de edictos en el tablón de anuncios del juzgado, en el Registro Público Concursal y en el BOE.

9. Dar la publicidad registral necesaria a cuyo efecto líbrese el respectivo mandamiento al Registro Mercantil de Las Palmas para la anotación de la presente resolución. La concursada figura inscrita al Tomo 1743, Folio 9, Libro O Hoja GC-34250. Inscripción 1a. Entréguense al procurador instante para que proceda a su diligenciado y gestión, debiendo de acreditar el mismo haber efectuado las gestiones necesarias para la anotación del mandamiento en el término de diez días.

10. Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal.

11. Notificar la presente resolución a la administración concursal, a la concursada y a las partes personadas, haciéndoseles saber que la misma es FIRME.

Así lo acuerda, manda y firma, GUILLERMO FERNÁNDEZ GARCIA, Magistrado del Juzgado Mercantil Número 2 de Las Palmas de Gran Canaria. Doy fe.

EULA Magistrado-Juez

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 18 de septiembre de 2019.- El Letrado de la Administarción de Justicia, Alejandro Rodríguez Roca.

07-07-2018
A180045113
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Edicto

D. EDUARDO JOSÉ REBOLLO SANZ, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se hace saber que en el procedimiento concursal 406/2017, seguido a instancias de la Procuradora Dña. MARIA GEMA MONCHE GIL, en nombre y representación de FLORDISCATEL, S.L., se ha dictado Auto el día 7 de febrero de 2018, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de FLORDISCATEL, S.L. con CIF, n.º B35844299, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y en el Boletín Oficial del Estado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. SAMUEL MANSELL VILLANUEVA, como economista, con domicilio profesional sito en la C/ San Agustin, n.º 13, Oficina 5, 35001 - Las Palmas de Gran Canaira, tf. fijo n.º 928-31.02.74 fax n.º 928-31.08.86, correo flordiscatel@admon-concursal.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda: suspensión.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley.

Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto

Las Palmas de Gran Canaria, 3 de julio de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.

Informes
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