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Concurso de acreedores Alansu Sociedad Limitada

El 15-01-2019, Alansu Sociedad Limitada, en MECO (Madrid) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B80299555. La actividad (principal) de Alansu Sociedad Limitada es recogida, tratamiento y eliminación de residuos; valorización.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Alansu Sociedad Limitada
Localidad:
MECO
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B80299555
Número de insolvencia:
B80299555
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Extracción y distribución de agua; tratamiento de residuos y aguas residuales
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
AV :
ESPAÑA, 10 - PISO 1 B 0
28231 LAS ROZAS DE MADRID
Mostrar en tarjeta
-
CL :
ZEUS 25
28880 MECO
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
28-01-2019
A190003730
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
 

El Juzgado de lo Mercantil nº 14 de Madrid hace saber:

1. - Que en el Concurso Abreviado 3/2019, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2018/0227265, por auto de fecha 15/01/2019, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a ALANSU,S.L. UNIPERSONAL, con n° de identificación B80299555, y domiciliado en CL Zeus n° 25, Alcalá Meco (Madrid).

2. - Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

3. - Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal

4. - La identidad de la Administración concursal es D. Emilio Movilla Gil con domicilio postal en C/ Núñez de Balboa, n.º 30, 5º D, 28001 Madrid, y dirección electrónica alansuconcurso@bufetemovilla.com. ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones.

5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.

6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es

Madrid, 15 de enero de 2019.- El/La Letrado de la Administración de Justicia, Juan Luis Ramos Mendoza.

Informes
No se han encontrado (todavía) ningún informe de juicio disponible.
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