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Concurso de acreedores Administracion Energetica Y Medioambiental Sl

El 14-11-2016, Administracion Energetica Y Medioambiental Sl, en TALAMANCA DE JARAMA (Madrid) se ha declarado en concurso de acreedores por por el tribunal de MADRID. El número de insolvencia de esta empresa es B86142130. La actividad (principal) de Administracion Energetica Y Medioambiental Sl es otras actividades profesionales, científicas y técnicas.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Administracion Energetica Y Medioambiental Sl
Localidad:
TALAMANCA DE JARAMA
Provincia:
Madrid
Estado:
Concurso de acreedores
CIF / NIF:
B86142130
Número de insolvencia:
B86142130
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Consultoría, investigación y prestación de servicios técnicos
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CM :
DE LOS SITIOS 2
28160 TALAMANCA DE JARAMA
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
27-11-2017
A170085310
 
  • Auto de declaración de concurso
 

Doña M.ª Jesús Palmero Sandín, Letrada del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),

Anuncia: Que en este Juzgado se sigue procedimiento de concurso voluntario abreviado con n.° 786/2016 sobre la concursada "ADMINISTRACIÓN ENERGÉTICA Y MEDIOAMBIENTAL, S.L.U." con CIF B-86142130, en los que en fecha 14/09/2016 se ha dictado Auto en el que:

1.- Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador de los Tribunales don Pablo Trujillo Castellano, en nombre y representación de concursada "ADMINISTRACIÓN ENERGETICA Y MEDIOAMBIENTAL, S.L.U." con CIF B-86142130.

2.- Se declara en concurso al deudor "ADMINISTRACIÓN ENERGÉTICA Y MEDIOAMBIENTAL, S.L.U.".

3.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis L.Co., con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:

a.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.

b.- Firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el art. 24 L.Co.; declarando la gratuidad de la inscripción en el "BOE";

c.- Se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firme la presente Resolución.

Y para que sirva de publicidad en forma expido y firmo la presente.

Madrid, 14 de noviembre de 2016.- El Letrado de la Admón. de Justicia.

Informes
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