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Concurso de acreedores terminado Urzaiz Lajusticia 2007 Sl

El 13-12-2010, Urzaiz Lajusticia 2007 Sl, en TAUSTE (Zaragoza) se ha declarado en concurso voluntario por por el tribunal de ZARAGOZA. El número de insolvencia de esta empresa es B99175580. La actividad (principal) de Urzaiz Lajusticia 2007 Sl es actividades administrativas de oficina y otras actividades auxiliares a las empresas.
El concurso ha concluido.
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Información general sobre el concurso de acreedores
Nombre:
Urzaiz Lajusticia 2007 Sl
Localidad:
TAUSTE
Provincia:
Zaragoza
Estado:
Concurso de acreedores terminado
CIF / NIF:
B99175580
Número de insolvencia:
B99175580
Juzgado:
Sector de actividad
Tipo
Descripción
Grupo
Actividades administrativas y servicios auxiliares
Sucursales / direcciones
Desde
Tipo
Dirección
-
CL :
SAN MARTIN 0
50660 TAUSTE
Mostrar en tarjeta
Publicaciones
Fecha del informe
Numero anuncio
08-10-2013
A130054564
 
  • Cese de los Administradores
  • Alzamiento de las limitaciones de administración
  • Conclusión del concurso
 

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, anuncia:

Primero.- Que en el procedimiento concursal número 369/2010-E se ha dictado Auto de fecha 2-09-2013 en que se acuerda la conclusión por inexistencia de bienes y derechos, del concurso del deudor Urzaiz Lajusticia 2007, S.L., con CIF B-99175580.

Segundo.- En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil.

Tercero.- En dicho Auto se ha acordado la publicación en Boletín Oficial del Estado. Contra el referido Auto no cabe recurso alguno.

Zaragoza, 24 de septiembre de 2013.- El/la Secretario Judicial.

16-11-2011
81694
 
  • Cese de los Administradores
  • Apertura de la fase de liquidación
  • Apertura de la sección seis
 

Edicto

Milagros Alcón Omedes, Secretario/a judicial, de Jdo de lo Mercantil nº2 de Zaragoza, anuncia:

Que en el Sección I Declaración Concurso 369/2010,referente al concursado Urzaiz Lajusticia 2007, S.L., por auto de fecha 26 de octubre de 2011, se ha acordado lo siguiente:

1.-Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor.

2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio.

3.-Se ha declarado disuelta la entidad Urzaiz Lajusticia 2007, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal.

4.-La misma resolución ha acordado la formación de la sección sexta del concurso para la calificación del mismo. Hágase saber a los interesados que de conformidad con lo establecido en el art.168 LC dentro de los diez días siguientes a la ultima publicación de esta resolución, cualquier acreedor o persona que acredite interes legítimo podrá personarse y ser parte en la sección alegando por escrito cuando considere relevante para la calificación del concurso como culpable.

Dentro de los quince días siguientes al de expiración de los plazos para personación de los interesados, la administración concursal presentará al juez un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso con propuesta de resolución.

Zaragoza, 26 de octubre de 2011.- El/La Secretario judicial.

07-06-2011
45496
 
  • Presentación del Informe de la administración concursal
  • Presentado el informe de la Administración Concursal junto con el inventario de bienes y derechos
 

Edicto.

D.ª Milagros Alcón Omedes, Secretario/a Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, anuncia:

1. Que en la Sección I Declaración Concurso 369/2010, referente al deudor URZAIZ LAJUSTICIA 2007, S.L., se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores.

Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa.

2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de ls publicaciones de este edicto que se publicará en el BOE y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial.

3. Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador ( artículo 184.3 de la LC)

Zaragoza, 23 de mayo de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

23-02-2011
11349
 
  • Auto de declaración de concurso voluntario
  • Cese de los Administradores
 

EDICTO

Doña Milagros Alcón Omedes, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, por el presente, hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en este juzgado con el n.º sección I declaración concurso 369/2010 se ha dictado a instancia de Urzaiz Lajusticia 2007, S.L., en fecha 13 de diciembre de 2010 auto de declaración de concurso voluntario abreviado Urzaiz Lajusticia 2007, S.L., con CIF b 99175580, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle San Martín, 10, local de Tauste(Zaragoza).

2.º-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal.

Dicha comunicación deberá presentarse ante este juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal).

Zaragoza, 13 de diciembre de 2010.- La Secretaria judicial.

Informes
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